LOS ARGUMENTOS DEL AUTO JUDICIAL

"Un peligro serio de fuga"

El juez Fernando Grande-Marlaska justifica su decisión de no autorizar el viaje al extranjero de Arnaldo Otegi en el serio riesgo de fuga. El mismo riesgo que la Fiscalía de la Audiencia Nacional no vio cuando evitó, un día antes, pedir el ingreso en prisión de Otegi tras ser condenado a 15 meses de prisión. Lo que sigue es un resumen del auto del juez.

"Debemos reproducir el juicio histórico y jurídico obrante tanto en nuestro auto de 26 de mayo de 2005, acordando originariamente la prisión provisional, comunicada y eludible mediante la prestación de una fianza de 400.000 euros, como e...

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El juez Fernando Grande-Marlaska justifica su decisión de no autorizar el viaje al extranjero de Arnaldo Otegi en el serio riesgo de fuga. El mismo riesgo que la Fiscalía de la Audiencia Nacional no vio cuando evitó, un día antes, pedir el ingreso en prisión de Otegi tras ser condenado a 15 meses de prisión. Lo que sigue es un resumen del auto del juez.

"Debemos reproducir el juicio histórico y jurídico obrante tanto en nuestro auto de 26 de mayo de 2005, acordando originariamente la prisión provisional, comunicada y eludible mediante la prestación de una fianza de 400.000 euros, como en el de 29 de marzo de 2006. Igualmente debemos recordar la gravedad de los hechos objeto de imputación constitutivos de un delito de integración en organización terrorista de los artículos 515 y 516 del Código Penal, así como distintos delitos de estragos terroristas a título de los artículos 571 y 346.

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No puede obviarse en los mismos términos la entidad del patrimonio incriminatorio en su persona definido en las resoluciones a que hemos hecho referencia, así como las penas anexas a aquellos delitos; todo lo cual conjuga la conformación de un peligro serio de fuga, y la actual proporcionalidad de la medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio español. Pero es más, en lo que aquí se interesa, la razón que se argumenta como justificación en la pretensión no es otra que la de asistir a unos actos organizados por un partido político, independientemente de ser legal. Esta circunstancia, en referencia a la condición de Arnaldo Otegi, portavoz de la ilegalizada Batasuna, función de la que no ha hecho dejación, atendiendo a los informes policiales que se han ido remitiendo, determina un pronóstico razonable de que sería presentado en tal carácter; amparando en su caso la reiteración delictiva al verificarse, aún en el extranjero, un reconocimiento expreso del frente político institucional de ETA".

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