La Comunidad prohíbe talar árboles de más de 10 años de edad

El pleno de la Asamblea aprobó ayer la Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano. Esta norma prohíbe la tala de cualquier árbol de más de 10 años o 20 centímetros de diámetro de tronco a nivel del suelo y establece sanciones de hasta medio millón de euros por daños ocasionados a esta vegetación de ciudad.

Se prohíbe la tala de los árboles citados excepto por razones de seguridad para personas. Los Ayuntamientos serán los competentes para conservar el arbolado, autorizar determinadas actuaciones sobre los árboles e imponer las sanciones que se fijan.

Si un árbol se ve necesa...

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El pleno de la Asamblea aprobó ayer la Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano. Esta norma prohíbe la tala de cualquier árbol de más de 10 años o 20 centímetros de diámetro de tronco a nivel del suelo y establece sanciones de hasta medio millón de euros por daños ocasionados a esta vegetación de ciudad.

Se prohíbe la tala de los árboles citados excepto por razones de seguridad para personas. Los Ayuntamientos serán los competentes para conservar el arbolado, autorizar determinadas actuaciones sobre los árboles e imponer las sanciones que se fijan.

Si un árbol se ve necesariamente afectado por obras de reparación, reforma o construcción de infraestructuras se deberá proceder a su trasplante. La corta de cada árbol deberá estar precedida por un decreto de la alcaldía que será aprobado tras un expediente en el que se acredite la inviabilidad de cualquier otra alternativa. En este caso, se exigirá la plantación de un ejemplar por cada año de edad del árbol. Se deberá informar del estado y la evolución del nuevo ejemplar en el año siguiente a su plantación.

Las entidades locales que no dispongan de un inventario completo de su arbolado urbano deberán aprobarlo en el plazo de un año. Este listado deberá incluir información sobre el número de especies o variedades, dimensiones, edad aproximada, estado sanitario y localización del arbolado con referencia a elementos del viario urbano, así como a jardines, parques, alineaciones y arboledas.

Los ayuntamientos tendrán dos años para la aprobación de planes de conservación de este arbolado, que deberán ser revisados en un máximo de cinco años. Estos planes, que afectarán tanto al arbolado público como al privado y serán de obligado cumplimiento, fijarán los principales problemas sanitarios y de conservación de los ejemplares, así como las iniciativas más oportunas.

Entre las medidas para fomentar la protección del medio ambiente urbano, destacan la obligación de plantar un árbol por cada plaza de estacionamiento en los nuevos aparcamientos en superficie y dotar de sistemas de riego eficiente en las nuevas plantaciones.

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Fomento del arbolado

Las administraciones públicas deberán promover la aplicación de medidas de promoción y fomento del arbolado en los procesos de contratación pública. Los acuerdos voluntarios entre organismos públicos y empresas o representantes de un sector económico determinado para la protección de estos ejemplares será otra de las medidas que deberán aplicar las administraciones públicas.

Esta norma llega después de que la oposición haya denunciado que tanto Comunidad como Ayuntamiento han talado más de 20.000 árboles para la ejecución de diversas obras en la capital, sobre todo por la M-30.

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