Editorial:

Nuevo pacto

La dimensión disciplinaria del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) de la UE ha dispuesto de mayor protagonismo que la correspondiente al fomento de crecimiento económico. Coexistiendo con una muy débil actividad, algunas economías europeas se han visto obligadas a llevar a cabo políticas reductoras del déficit público, que, además de difíciles de instrumentar, han imposibilitado la necesaria recuperación del crecimiento. La existencia de severas sanciones económicas (hasta el 0,5% del PIB) para los infractores del límite del déficit público (fijado en el 3% del PIB) era, cuando menos, con...

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La dimensión disciplinaria del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) de la UE ha dispuesto de mayor protagonismo que la correspondiente al fomento de crecimiento económico. Coexistiendo con una muy débil actividad, algunas economías europeas se han visto obligadas a llevar a cabo políticas reductoras del déficit público, que, además de difíciles de instrumentar, han imposibilitado la necesaria recuperación del crecimiento. La existencia de severas sanciones económicas (hasta el 0,5% del PIB) para los infractores del límite del déficit público (fijado en el 3% del PIB) era, cuando menos, contraproducente.

La experiencia aconseja la reformulación de ese pacto, que no su abolición, en una dirección de mayor flexibilidad, haciéndolo viable y ajustándolo mucho más a su doble enunciado. El proyecto elaborado por la presidencia de la UE, presentado el lunes, busca un equilibrio entre las pretensiones de los principales infractores en su formulación original (Francia, Alemania e Italia, fundamentalmente) y los deseos de la Comisión y la mayoría de los restantes países. En la propuesta se mantienen los límites cuantitativos sobre el déficit (3% del PIB) y la deuda pública (60%), pero se amplían las circunstancias eximentes. La próxima cumbre de Bruselas tendrá que alcanzar un acuerdo tras el fracaso del Ecofin.

La ausencia de crecimiento suficiente sigue siendo una de ellas, pero se añaden otras relevantes, como la inversión en I+D o la realización de reformas estructurales por los países correspondientes. El inicio del denominado "procedimiento por déficit excesivo" tomará igualmente en consideración las circunstancias específicas de cada país. De poco sirve, por ejemplo, exhibir un déficit reducido si las carencias de capital público son manifiestas, limitando así el crecimiento de la productividad y, en definitiva, de la renta por habitante.

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Ese mayor grado de flexibilidad interpretativa es el principal atributo de la nueva propuesta, que, lejos de abrir un periodo de descontrol en las finanzas públicas, puede asentar la correspondiente disciplina sobre bases más realistas y compatibles con el crecimiento.

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