ANDALUCÍA | PROTECCIÓN INFANTIL

Dos hermanas que se ven seis horas al año

Carmen E. M., de 31 años, empleada del servicio de recogida de basuras de Sevilla, movió cielo y tierra desde que la policía se llevó a sus dos hijas el 18 de julio de 2000 tras ser declaradas en desamparo por la Junta de Andalucía. Pagó de tapadillo a un abogado de oficio de poco escrúpulo, imploró en cada despacho por el que peregrinó y llegó a invertir su mes de vacaciones en 2003 en concentraciones diarias ante la delegación provincial de Asuntos Sociales de Sevilla para exigir el regreso de sus hijas. "Me han quitado la vida", repite a cada poco.

Desde hace unas semanas sonríe más....

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Carmen E. M., de 31 años, empleada del servicio de recogida de basuras de Sevilla, movió cielo y tierra desde que la policía se llevó a sus dos hijas el 18 de julio de 2000 tras ser declaradas en desamparo por la Junta de Andalucía. Pagó de tapadillo a un abogado de oficio de poco escrúpulo, imploró en cada despacho por el que peregrinó y llegó a invertir su mes de vacaciones en 2003 en concentraciones diarias ante la delegación provincial de Asuntos Sociales de Sevilla para exigir el regreso de sus hijas. "Me han quitado la vida", repite a cada poco.

Desde hace unas semanas sonríe más. La Audiencia de Sevilla dictó el 19 de enero un auto que le da la razón y revoca la resolución del Juzgado de Primera Instancia Número 17 de Sevilla a favor del desamparo, lo que significará el regreso de ambas niñas, de 10 y 9 años, con su madre. El texto está plagado de críticas hacia la Administración por considerar que retiró a las pequeñas por carencias de índole material. "La situación de las menores en relación con el comportamiento de la madre en modo alguno puede calificarse como de abandono o desamparo, sino más bien al contrario", esgrimen los jueces.

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El proceso ante la Audiencia permitió descubrir que la benjamina padece el síndrome de Cornelia de Lange, que se caracteriza, entre otros rasgos, por las autolesiones que se causan los niños en la etapas de formación del lenguaje, lo que descartó por completo que se debieran a la desatención familiar. El auto censura los argumentos empleados en informes técnicos para resaltar la incapacidad de la madre -posee una leve discapacidad intelectual- para cuidarlas, una conclusión a la que se llega a partir de ejemplos de esta guisa: "No le prepara bocadillo sino que se lo compra, o para una fiesta de disfraces le compró un traje de talla grande, o no consigue que la niña le obedezca cuando la va a recoger al colegio". Los jueces consideran que una ayuda de los servicios sociales le habría permitido a Carmen tener una vida familiar "propia e independiente". En 2000, la mujer residía junto a sus hijas en el hogar de sus padres. En los cuatro años y medio que llevan separadas, ha visitado regularmente a la menor en el centro de protección donde reside. En el último encuentro le ocultó a su pesar la decisión del tribunal, que ordena que regrese a la casa materna en el plazo de un mes, a partir de la notificación del auto al Juzgado de Instrucción Número 17.

El retorno de la mayor es más complejo y se realizará de forma "progresiva". Carmen la vio por última vez el 15 de agosto de 2001. Un mes después fue entregada en acogimiento preadoptivo, con la consiguiente separación de ambas hermanas "ante la dificultad de encontrar a una familia que acogiera a las dos, posiblemente debido a la enfermedad mental de la más pequeña". Las hermanas, desde entonces, se han visto seis horas al año. "Ni los presos más peligrosos tienen semejante régimen", reprocha el abogado Enrique Carrasquilla, quien tramitó el recurso que finalmente da la razón a Carmen.

Carmen E. M., en Sevilla.PÉREZ CABO

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