Nuevo rechazo al intento de Fabra de prohibir que se informe de su caso

La Audiencia de Castellón ha desestimado el recurso de apelación presentado por el presidente de la Diputación, Carlos Fabra, contra el auto judicial que el pasado febrero rechazó su petición de prohibir a varios medios de comunicación, entre ellos EL PAÍS y la SER, informar sobre el denominado caso Fabra. Un juzgado de Nules investiga la denuncia presentada en su día por el empresario Vicente Vilar contra Fabra, al que acusó de cobrar cantidades millonarias a cambio de favores políticos.

Nada más estallar el caso, el presidente de la Diputación de Castellón solicitó a los juzgad...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Audiencia de Castellón ha desestimado el recurso de apelación presentado por el presidente de la Diputación, Carlos Fabra, contra el auto judicial que el pasado febrero rechazó su petición de prohibir a varios medios de comunicación, entre ellos EL PAÍS y la SER, informar sobre el denominado caso Fabra. Un juzgado de Nules investiga la denuncia presentada en su día por el empresario Vicente Vilar contra Fabra, al que acusó de cobrar cantidades millonarias a cambio de favores políticos.

Nada más estallar el caso, el presidente de la Diputación de Castellón solicitó a los juzgados una serie de medidas cautelares para que se obligara a Vilar y a varios medios de comunicación que informaban sobre este asunto que se abstuvieran de "realizar manifestaciones ignominiosas" sobre él "en base a las declaraciones" del propio Vilar. Fabra solicitó incluso que se suspendiera la difusión de estas informaciones, mediante la retirada de librerías y comercios y el secuestro de los ejemplares que, según Fabra, agredían su honor. El juzgado de Primera Instancia número 2 de Castellón desestimó esta demanda en febrero de este año, pero Fabra apeló y ahora es la Audiencia la que confirma aquel auto.

Según el tribunal, "la pretensión del interesado de que se adopten medidas cautelares carece ahora de la apariencia de buen derecho y por ello de la solvencia jurídica que justificaría su adopción". La audiencia apela al derecho a la libertad de expresión y de información del artículo 20 de la Constitución y advierte de que el interés informativo sobre el caso reside precisamente en la condición de político profesional de Fabra y se refiere al supuesto empleo "torticero" de su posición preeminente como cargo público.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Sobre la firma

Archivado En