Condenada una aseguradora a pagar a la pareja de un homosexual

La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia en la que condena a la aseguradora Mapfre a indemnizar como cónyuge al compañero sentimental de un hombre que murió en un accidente de tráfico, en lugar del criterio de la empresa de entregar la indemnización a la madre del fallecido.

El accidente ocurrió el 16 de junio de 2000 en la N-630 Sevilla-Oviedo, conocida como Ruta de la Plata, en un choque en cadena entre varios vehículos en el que falleció la pareja del demandante, que también resultó herido. Este último aportó en el juicio documentación que demostraba que llevaban seis años co...

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La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia en la que condena a la aseguradora Mapfre a indemnizar como cónyuge al compañero sentimental de un hombre que murió en un accidente de tráfico, en lugar del criterio de la empresa de entregar la indemnización a la madre del fallecido.

El accidente ocurrió el 16 de junio de 2000 en la N-630 Sevilla-Oviedo, conocida como Ruta de la Plata, en un choque en cadena entre varios vehículos en el que falleció la pareja del demandante, que también resultó herido. Este último aportó en el juicio documentación que demostraba que llevaban seis años conviviendo, por lo que habían comprado una vivienda en común y figuraban empadronados en el mismo domicilio, de ahí que el superviviente reclamase a la aseguradora una indemnización como pareja de hecho del fallecido.

La juez de la Sección Séptima de la Audiencia equipara la pareja de hecho heterosexual y homosexual y considera que lo contrario "sería discriminatorio".

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