Análisis:Qué es... titulización

Los derechos son rentables

La titulización puede definirse como el proceso mediante el cual derechos de crédito, actuales o futuros, de una entidad pueden ser, generalmente previa su agregación y la modificación de algunas de sus características, transformados en todo o en parte en títulos o valores que se pueden adquirir o negociar en un mercado organizado. Se trata de transformar derechos de crédito que, por su propia naturaleza, no son negociables en títulos que sí lo son.

Los principales generadores de derechos susceptibles de ser titulizados son las entidades de crédito, por la elevada cuantía de los préstam...

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La titulización puede definirse como el proceso mediante el cual derechos de crédito, actuales o futuros, de una entidad pueden ser, generalmente previa su agregación y la modificación de algunas de sus características, transformados en todo o en parte en títulos o valores que se pueden adquirir o negociar en un mercado organizado. Se trata de transformar derechos de crédito que, por su propia naturaleza, no son negociables en títulos que sí lo son.

Los principales generadores de derechos susceptibles de ser titulizados son las entidades de crédito, por la elevada cuantía de los préstamos de distinta clase que conceden, de modo que nos referiremos a ellas en este artículo. No obstante, conviene recordar que la normativa española sobre este ámbito prevé la titulización de otros derechos de crédito, de forma expresa el derecho del concesionario al cobro del peaje de autopistas, así como los vinculados a la explotación de una concesión de obra pública.

Las emisiones titulizadas han pasado de 3.200 millones de euros en 1998 a 31.100 millones en 2003

La titulización está económicamente justificada si es capaz de generar valor. Una de las fuentes de este valor es la refinanciación de nuevos derechos de crédito. Pensemos en los préstamos, y concretamente en los de garantía hipotecaria, cuya formalización se hace normalmente a medio o largo plazo, pero que, en una entidad bancaria tradicional, se financian con depósitos que tienen un vencimiento generalmente a corto plazo. La entidad bancaria asume un riesgo que por sí mismo dificulta la concesión de dichos préstamos en las mejores condiciones para quienes los necesitan. Si dichos préstamos tienen como destino la adquisición de viviendas, se encarece el acceso a las mismas.

No es extraño que la tituli-zación se iniciara en el ámbito de los préstamos hipotecarios residenciales en EE UU en 1970. Dichos préstamos son los más seguros y, por tanto, los que mejor deberían ser aceptados por los mercados de valores para ser titulizados. Al facilitar su refinanciación, se está ofreciendo, a través del mercado, un apoyo a la adquisición de viviendas, un objetivo presente desde el inicio de un proceso protagonizado por varias agencias federales estadounidenses establecidas con esa finalidad.

Conceptualmente, la tituli-zación no exige por sí misma que los préstamos abandonen el balance de la entidad que los ha concedido, pero, como haremos también aquí, suele reservarse dicho término a aquellos supuestos en que dichos activos salen del balance y los correspondientes riesgos, por ejemplo los de impago, transferidos a los inversores.

Los principales participantes de un proceso de tituliza-ción son el prestamista / originador de los derechos de crédito, el vehículo a través del que se realiza el proceso, o fondo de titulización, gestionado por una sociedad gestora, y los inversores que adquieren los títulos resultantes. Generalmente, la transformación exige la intervención de otras entidades especializadas para hacer el resultado más aceptable por los mercados de valores, por ejemplo mejorando la calidad crediticia de la cartera que ha sido incorporada al fondo. Una forma simple de conseguirlo es la sobrecolate-ralización, que consiste en poner a disposición del fondo más préstamos de los realmente necesarios, para ir sustituyendo a los impagados o amortizados por anticipado.

La titulización, en la medida que aporta nuevos valores a los mercados, contribuye a ampliar y dinamizar éstos. Un buen ejemplo lo proporciona nuestro país, especialmente desde 1998, cuando se pone en marcha la normativa actualmente vigente sobre la titulización en general (Real Decreto 926/1998). Las emisiones netas de los fondos de titulización, que fueron de unos 3.200 millones de euros en dicho año, han pasado a ser 31.100 millones en 2003, con tendencia claramente creciente en lo que va de este año. No es extraño que el último dato disponible (mayo 2004) de los correspondientes saldos vivos muestre que casi el 35% de la renta fija privada viva corresponda a dichos fondos.

Francisco J. Valero es socio de Analistas Financieros Internacionales y catedrático de la UAM.

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