La juez absuelve a los 'mossos' de Roses pero cree que hubo torturas

La sentencia indica que las pruebas no permiten atribuir los delitos a los agentes

La Audiencia de Girona ha absuelto a los 12 agentes de los Mossos d'Esquadra acusados de tortura y lesiones -entre otros delitos- a un ciudadano marroquí detenido en el calabozo de la comisaría de Roses (Alt Empordà) . La sentencia considera probado que Driss Zraidi fue objeto de "torturas no graves" -insultos, intimidaciones, zarandeos y empujones- en el interior de la celda por un grupo indeterminado de policías, aunque mantiene que las pruebas no permiten acreditar la intervención ni de uno sólo de los acusados de haber cometido este delito penado en el artículo 174 del Código Penal.
...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Audiencia de Girona ha absuelto a los 12 agentes de los Mossos d'Esquadra acusados de tortura y lesiones -entre otros delitos- a un ciudadano marroquí detenido en el calabozo de la comisaría de Roses (Alt Empordà) . La sentencia considera probado que Driss Zraidi fue objeto de "torturas no graves" -insultos, intimidaciones, zarandeos y empujones- en el interior de la celda por un grupo indeterminado de policías, aunque mantiene que las pruebas no permiten acreditar la intervención ni de uno sólo de los acusados de haber cometido este delito penado en el artículo 174 del Código Penal.

La sentencia absuelve también a la Generalitat como responsable civil subsidiaria, pero critica los métodos de "presión psicológica" utilizados por la brigada de asuntos internos que investigó el caso. El letrado defensor de Zraidi, Joan de Anguera, dijo ayer que la sentencia prueba la existencia de "una policía torturadora" y añadió que la absolución, motivada por las dudas en la atribución del delito, no desmiente "el drama y la enorme gravedad" de lo sucedido en la celda de la comisaría de Roses. Anguera, que probablemente no recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, aseguró que la ciudadanía debería reclamar responsabilidades políticas "si CiU todavía estuviera en el poder".

La sentencia avala la posibilidad de que las lesiones que sufrió el detenido -fractura de tres costillas, hematoma en el ojo izquierdo y erosión en un hombro- pudieran haberse producido durante el forcejeo que siguió a la "oposición violenta" de Zraidi a su detención.Los agentes declararon que, sobre las 10 de la mañana del 3 de agosto de 1998, detuvieron a Zraidi en la localidad de Sant Pere Pescador (Alt Empordà) por circular en sentido contrario. La juez, sustentándose en el testimonio forense, acepta que la inmovilización del detenido en el suelo, con las rodillas de un agente sobre su tórax, pudo causar la rotura costal. Respecto a los hechos sucedidos en el interior de la celda, la sentencia relata así la actuación de un grupo de agentes no identificados: "...abrieron la celda en que se encontraba Driss Zraidi y le profirieron insultos tales como 'hijo de puta' y 'moro de mierda', le dirigieron expresiones intimidatorias como 'te vamos a matar' y ejercieron contra él mismo actos de violencia física que no ha quedado probado que excedieran de meros zarandeos o empujones...".

Tres minutos en la celda

El texto judicial mantiene que la "vejación" del detenido se produjo como "represalia" a la actuación agresiva de éste durante su detención y añade que los policías estuvieron en la celda "apenas tres minutos". La descripción de los hechos ocurridos en los calabozos se basa principalmente en la declaración de tres detenidos en celdas próximas. La juez considera que la víctima tiene una "escasa, por no decir nula, fiabilidad", puesto que cambió sucesivamente su relato, "exageró notablemente" los hechos y sus lesiones, erró en las ruedas de reconocimiento de sus agresores y pidió un millón de euros por daños morales y una incapacidad laboral que, según el forense, no tiene relación con las presuntas lesiones.

La magistrada ponente, Fátima Ramírez, considera que no ha quedado probado que Zraidi sufriera "ningún menoscabo físico" en el interior de la celda. Los gritos y quejidos de dolor recogidos por las grabaciones internas de la comisaría, con expresiones tales como "basta, basta, por favor no me pegues más", son, según la sentencia, "compatibles con el ejercicio de un maltrato de intensidad leve -empujones o zarandeo- sobre una persona previamente lesionada, en concreto con las costillas fracturadas".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La sentencia absuelve también a los tres agentes acusados de omisión del deber de perseguir el delito, puesto que no hay pruebas de que la megafonía interna permitiera oír con nitidez lo sucedido en la celda ni tampoco de qué agentes estaban cerca del interfono.

La Audiencia admite que los interrogatorios policiales a los agentes implicados se produjeron en "estado de presión psicológica" y algunos policías declararon que trataron de forzar sus declaraciones haciéndoles decir cosas que no habían visto. La juez remarca que uno de los agentes aseguró que el entonces director general de Seguridad Ciudadana, Xavier Martorell, estuvo presente en su declaración a pesar de que no se hizo constar en la misma.

Uno de los letrados defensores de los agentes, Carles Monguilod, calificó de "impecable" la sentencia y aseguró que la absolución abre la posibilidad de que cuatro agentes en prácticas que fueron suspendidos y expulsados del cuerpo por negarse a declarar ante la brigada de asuntos internos puedan reclamar su reingreso en el cuerpo.

Tras la absolución, el Sindicato de Policías de Cataluña (SPC) pidió a la Generalitat que "depure responsabilidades" en la división de Asuntos Internos del cuerpo. El sindicato SPC, vinculado a CC OO y mayoritario en los Mossos, afirmó que la sentencia "destapa métodos empleados al margen de la legalidad por determinados miembros de la división de Asuntos Internos, actividades consentidas por los antiguos responsables políticos del Departamento de Interior".

Archivado En