Exteriores asegura que la denuncia no es política

El Ministerio de Asuntos Exteriores asegura que la denuncia de la ley electoral británica del pasado 8 de mayo presentada en Bruselas no esconde ninguna intencionalidad política relacionada con el contencioso sobre Gibraltar, cuya negociación sigue en suspenso desde el pasado mes de noviembre. El único objetivo es preservar la coherencia de la legislación europea, amenazada en este caso por un problema esencialmente técnico y que afecta a una ínfima minoría de sujetos, no a los gibraltareños, según afirmaron ayer fuentes diplomáticas competentes.

La objeción de tipo territorial sí ofrec...

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El Ministerio de Asuntos Exteriores asegura que la denuncia de la ley electoral británica del pasado 8 de mayo presentada en Bruselas no esconde ninguna intencionalidad política relacionada con el contencioso sobre Gibraltar, cuya negociación sigue en suspenso desde el pasado mes de noviembre. El único objetivo es preservar la coherencia de la legislación europea, amenazada en este caso por un problema esencialmente técnico y que afecta a una ínfima minoría de sujetos, no a los gibraltareños, según afirmaron ayer fuentes diplomáticas competentes.

La objeción de tipo territorial sí ofrece, no obstante, una vertiente política, ya que las razones por las que España no puede aceptar que el territorio de la colonia se agregue al del Reino Unido derivan del contencioso. La parte británica sostiene, con su peculiar sentido legal, que la "circunscripción combinada" no es más que "un tecnicismo" para que los gibraltareños puedan votar, sin ningún tipo de consecuencias legales en otros terrenos. El tecnicismo, añade, es necesario, ya que los británicos no pueden votar en el exterior. El caso Matthews corresponde precisamente a la denuncia de una ciudadana británica que, por residir en Gibraltar, no podía ejercer el voto. El Gobierno español tiene dudas, y pregunta a la Comisión si la fórmula es aceptable.

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También la polémica sobre los sujetos con derecho a voto deriva de la disparidad de los sistemas legales. El Reino Unido considera ciudadanos europeos, con capacidad de votar y libertad de tránsito en ese ámbito, no sólo a los británicos sino a una categoría de "sujetos británicos" [british subjects] que, sin llegar a obtener la nacionalidad, cumplen ciertos requisitos de origen -básicamente por su procedencia de la Commonwealth-, y de residencia.

Madrid reconoce la facultad del Reino Unido para definir la ciudadanía europea a partir de su territorio. Londres afirma que lo único que ha hecho con la ley del 8 de mayo es extender su norma al territorio gibraltareño.

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Las fuentes españolas consultadas señalan, sin embargo, que, como las normas de residencia no son iguales en Gibraltar y en el Reino Unido, puede ocurrir perfectamente que un sujeto que no obtendría la residencia en territorio británico sí la logre en Gibraltar. Ello abre la vía para que vote en Gibraltar a las elecciones europeas quien no podría hacerlo en Gran Bretaña y, en definitiva, para que el Reino Unido se salte a la torera sus propias normas de ciudadanía europea.

El recurso del lunes fue anunciado, en todo caso, en cuanto se publicó la ley del 8 de mayo. Fuentes gubernamentales indicaron ayer que si la Comisión decide que todo es legal, el conflicto habrá concluido.

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