OPINIÓN DEL LECTOR

Ley de Urbanismo y vivienda pública

En un reciente artículo de la presidenta del grupo municipal de ICV del Ayuntamiento de Barcelona, Imma Mayol, publicado en este periódico el 17 de febrero pasado, se afirma que la Ley de Urbanismo de Cataluña limita al 20% la reserva de suelo para vivienda pública sobre el techo de nueva implantación.

Dicha información sólo se puede producir desde la voluntad de confusión o sobre la ignorancia. La Ley de Urbanismo de Cataluña establece una reserva para vivienda de protección "como mínimo" del 20% del techo para uso residencial de nueva implantación, tanto en suelo urbano como en suelo ...

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En un reciente artículo de la presidenta del grupo municipal de ICV del Ayuntamiento de Barcelona, Imma Mayol, publicado en este periódico el 17 de febrero pasado, se afirma que la Ley de Urbanismo de Cataluña limita al 20% la reserva de suelo para vivienda pública sobre el techo de nueva implantación.

Dicha información sólo se puede producir desde la voluntad de confusión o sobre la ignorancia. La Ley de Urbanismo de Cataluña establece una reserva para vivienda de protección "como mínimo" del 20% del techo para uso residencial de nueva implantación, tanto en suelo urbano como en suelo urbanizable. Al decir "como mínimo" se entiende que es el Ayuntamiento quien puede establecer porcentajes superiores en función de sus necesidades.

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Por lo tanto, la señora Mayol ya puede promover la introducción del 50% tranquilamente, ya que el establecimiento de este porcentaje es potestad del Ayuntamiento.

El establecimiento de un mínimo del 20% de reserva responde a la diversidad de la tipología de municipios existentes en Cataluña y la ley permite que los ayuntamientos adapten esta norma a sus propias necesidades, a partir de este mínimo que establece la Ley de Urbanismo.

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