Altadis precisa que el precio del tabaco entre 1989 y 1998 no dependía sólo de los fabricantes

La compañía Altadis precisó ayer que la determinación de precios del tabaco entre 1989 y mayo de 1998 y la fecha en que dichos cambios eran efectivos, cuando entró en vigor la actual Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, no dependía "de la exclusiva voluntad de fabricantes e importadores".

Esa precisión se produce a raíz de que el fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, haya enviado un oficio al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, en el que da cuenta de que se deslizó "un error" material en relación con el artículo 3 de la l...

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La compañía Altadis precisó ayer que la determinación de precios del tabaco entre 1989 y mayo de 1998 y la fecha en que dichos cambios eran efectivos, cuando entró en vigor la actual Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, no dependía "de la exclusiva voluntad de fabricantes e importadores".

Esa precisión se produce a raíz de que el fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, haya enviado un oficio al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, en el que da cuenta de que se deslizó "un error" material en relación con el artículo 3 de la ley 38/1985 de monopolio de tabaco, en el que se analizaban las circunstancias de la operación de compra y venta de acciones de Tabacalera por parte de su entonces presidente, César Alierta.

A través de un comunicado, Altadis, en donde está integrada la antigua Tabacalera desde 1999, afirma que no existe tal error, ya que hasta 1998, que se liberaliza el tabaco, había limitaciones para que las empresas pudieran subir precios, y por tanto no era posible que ningún fabricante, y por tanto tampoco Alierta, pudiera decidir la subida.

Cardenal aseguró en su informe que Alierta, actual presidente de Telefónica, no pudo disponer de información privilegiada acerca de las subidas del precio del tabaco al ser una competencia reservaba al Gobierno de acuerdo con una ley que, sin embargo, fue derogada en 1988.

Competencia del Gobierno

Hasta 1989, según precisa Altadis, la ley del Monopolio fiscal de Tabacos de diciembre 1985, en la que se amparó Cardenal, reservaba al Gobierno la competencia de fijar los precios basándose en las propuestas de los fabricantes. Esta norma fue modificada en 1989, cuando se estableció que fueran las empresas tabaqueras las encargadas de decidir las subidas, si bien el Ministerio de Economía y Hacienda podría decidir en el plazo máximo de un mes la fecha efectiva de su entrada en vigor, así como aplicar la normativa sobre control de precios.

Altadis recuerda que en 1998 la ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, actualmente en vigor, suprime cualquier referencia a la legislación de control de precios, "subsistiendo únicamente la facultad del comisionado del Mercado de Tabaco de decidir, dentro del plazo máximo de un mes, la fecha de entrada en vigor".

La Fiscalía Anticorrupción acordó el pasado mes de enero investigar la actuación de un sobrino de César Alierta por la presunta utilización de información privilegiada en una compra-venta de acciones de la tabaquera en 1997 antes de que fuera privatizada dos años después. Jesús Cardenal decidió desestimar la propuesta de querella de la Fiscalía Anticorrupción al considerar que no hizo uso de información privilegiada puesto que los datos de que dispuso habían sido ya divulgados por los medios de comunicación.

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