Daganzo tendrá que indemnizar con 21.500 euros a un empleado por acoso moral

El Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, municipio de 3.500 habitantes gobernado por el Partido Popular, tendrá que indemnizar con 21.533 euros (3,6 millones de pesetas) a R. M. M., un trabajador que, según una sentencia del Juzgado de lo Social número 12 de Madrid, fue sometido a acoso moral por parte del Consistorio.

R. M. M. es empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Daganzo desde mayo de 1998. Fue despedido dos años después, según se explica en la sentencia, pero el Juzgado de lo Social número 6 declaró improcedente aquel despido. Y ahí comenzó su calvario.

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El Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, municipio de 3.500 habitantes gobernado por el Partido Popular, tendrá que indemnizar con 21.533 euros (3,6 millones de pesetas) a R. M. M., un trabajador que, según una sentencia del Juzgado de lo Social número 12 de Madrid, fue sometido a acoso moral por parte del Consistorio.

R. M. M. es empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Daganzo desde mayo de 1998. Fue despedido dos años después, según se explica en la sentencia, pero el Juzgado de lo Social número 6 declaró improcedente aquel despido. Y ahí comenzó su calvario.

La sentencia, de la cual ha sido ponente la magistrada Francisca Arce Gómez, considera probado que R. M. M. se presentó a su puesto de trabajo todos los días desde que su despido fue declarado improcedente. Pero la Policía Local recibió órdenes del concejal de Personal para que conminara a aquél a abandonar las instalaciones del Ayuntamiento.

El juzgado declara vulnerados derechos fundamentales como el de la dignidad de una persona, la igualdad ante la ley, la no discriminación, la integridad personal, el derecho al trabajo y a la salud. Por ello, concluye la sentencia, declara responsable al gobierno municipal de Daganzo de Arriba por haber sometido a una situación de acoso moral a R. M. M.

En consecuencia, le obliga a pagar al demandado 21.533,42 euros y le ordena que "cese de inmediato" su conducta hacia el trabajador.

La sentencia señala que el alto coste económico de este caso "va a ser afrontado por los vecinios del municipio". Y añade: "En cuanto al coste de imagen, puede que se refleje en las urnas cuando corresponda, cuestión que ha debido valorar el Ayuntamiento y, por tanto, afronta el riesgo, sin que ello signifique que constituye una de las atribuciones encomendadas por los votantes en su día". El Consistorio ha presentado un recurso contra el fallo judicial.

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