Los jueces sostienen que la oposición puede presentar mociones en los plenos de Mataró

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido una sentencia en la que obliga al alcalde de Mataró, Manuel Mas, a aceptar que la oposición pueda presentar mociones y proposiciones en los plenos municipales. Mas, alcalde de Mataró desde hace 20 años y presidente de la Federación de Municipios de Cataluña, decidió en 1997 impedir a los grupos que no estaban en el equipo de gobierno presentar durante la celebración de los plenos mociones y proposiciones de resolución dándoles como única voz los ruegos y preguntas.

La decisión derivó en una modificación del Reglamento de Ordenación...

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido una sentencia en la que obliga al alcalde de Mataró, Manuel Mas, a aceptar que la oposición pueda presentar mociones y proposiciones en los plenos municipales. Mas, alcalde de Mataró desde hace 20 años y presidente de la Federación de Municipios de Cataluña, decidió en 1997 impedir a los grupos que no estaban en el equipo de gobierno presentar durante la celebración de los plenos mociones y proposiciones de resolución dándoles como única voz los ruegos y preguntas.

La decisión derivó en una modificación del Reglamento de Ordenación Municipal y se ha aplicado durante cinco años. El veto condujo al grupo municipal del Partido Popular a presentar una demanda a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que le ha dado la razón. Según la sentencia, 'no se trata de cuestionar la facultad del alcalde para fijar el orden del día, pero sí de que la discrecionalidad de la que goza sea absoluta'.

Joan López, portavoz del grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Mataró, reclamó ayer al alcalde que 'acate la sentencia'. 'El hecho de que acepte la sentencia y se comporte como un alcalde democrático y no como un pequeño tirano irascible que se ponía nervioso en los plenos, como ha hecho estos cinco años, hará que todos puedan valorar que es una persona capaz de reconocer que ha cometido un error que sabe rectificar', sentenció.

López recordó: 'La presentación de mociones y propuestas de resolución está contemplada por la Ley Municipal de Cataluña, la Ley de Bases de Régimen Local española y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las administraciones locales'. La demanda presentada, según el portavoz del PP, pretendía ser una respuesta al 'atropello que han sufrido todos los grupos en la oposición del Ayuntamiento y, en consecuencia, los miles de ciudadanos que les dieron su voto'. Manuel Mas, por su parte, manifestó que aún no había recibido la sentencia y que decidirá una vez la conozca.

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