El Constitucional anula dos despidos de Efe por violar derechos sindicales

El Tribunal Constitucional ha anulado los despidos de dos periodistas, decididos en 1996 por la agencia estatal Efe, así como la sentencia que los permitió. Según el máximo intérprete de la Constitución, mediante tales despidos Efe violó el derecho fundamental de Carmen Abad y Remedios Sancho a no ser discriminadas por ejercer su libertad sindical.

El Constitucional ampara a las dos periodistas -militantes de CC OO y asesoradas por Nicolás Sartorius- mediante sendas sentencias de 11 de febrero último, de las que han sido respectivos ponentes Javier Delgado y el presidente del Tribunal, ...

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El Tribunal Constitucional ha anulado los despidos de dos periodistas, decididos en 1996 por la agencia estatal Efe, así como la sentencia que los permitió. Según el máximo intérprete de la Constitución, mediante tales despidos Efe violó el derecho fundamental de Carmen Abad y Remedios Sancho a no ser discriminadas por ejercer su libertad sindical.

El Constitucional ampara a las dos periodistas -militantes de CC OO y asesoradas por Nicolás Sartorius- mediante sendas sentencias de 11 de febrero último, de las que han sido respectivos ponentes Javier Delgado y el presidente del Tribunal, Manuel Jiménez de Parga. Abad formaba parte del Comité de Empresa de Efe y Sancho denunció a un jefe en relación con su jornada laboral.

A las dos periodistas, tras disfrutar de una beca y ser contratadas en prácticas de forma sucesiva, se les comunicó la extinción del contrato en enero de 1996, a diferencia de otros contratados en prácticas con igual categoría y menor antigüedad, a los que Efe concedió fijeza.

El juez de lo Social declaró ambos despidos nulos por discriminación sindical, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó el fallo y admitió el derecho de Efe a extinguir los contratos ya cumplidos.

El Constitucional considera que ambas recurrentes acreditaron 'la existencia de indicios de antisindicalidad', por lo que correspondía a la empresa demandada probar que 'su actuación fue por completo ajena al factor sindical reseñado'. Dado que Efe no demostró que existiese 'justificación laboral real', el Tribunal entiende que la decisión fue discriminatoria y anula los despidos, por vulnerar el derecho a ejercer la libertad sindical.

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