La Audiencia Nacional paraliza la multa a Interior por no pagar subvenciones a HB

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha decidido paralizar la ejecución de la multa de 300 euros (50.000 pesetas) impuesta a la subsecretaria del Ministerio del Interior, Ana María Pastor, que se negó a abonar a la Agrupación de electores de Herri Batasuna 57.585 euros (9.581.380 pesetas) por las subvenciones que les correspondían más los intereses legales.

El tribunal entiende que la apertura de un incidente sobre si plantea o no al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley 24/2001, de acompañamiento de los Presupuestos Gener...

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La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha decidido paralizar la ejecución de la multa de 300 euros (50.000 pesetas) impuesta a la subsecretaria del Ministerio del Interior, Ana María Pastor, que se negó a abonar a la Agrupación de electores de Herri Batasuna 57.585 euros (9.581.380 pesetas) por las subvenciones que les correspondían más los intereses legales.

El tribunal entiende que la apertura de un incidente sobre si plantea o no al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley 24/2001, de acompañamiento de los Presupuestos Generales de 2002, puede afectar a la ejecución de la sanción, por lo que ha decidido congelarla.

Mientras tanto, la Audiencia, a instancias del abogado del Estado, ha abierto incidente de inconstitucionalidad, esto es inicia el trámite para ver si luego plantea al Constitucional sus dudas sobre si la Disposición Adicional 23 de la ley 24/ 2001, que trata sobre el pago de subvenciones a partidos políticos vulnera cuatro artículos de la Constitución. Aunque el incidente está abierto no se ha adoptado ninguna decisión definitiva sobre si se plantea la cuestión de inconstitucionalidad.

Más información

La ley citada señalaba que los partidos no podrían cobrar las subvenciones hasta que los electos hubieran obtenido la condición plena de parlamentario, incluso aunque una sentencia firme hubiera reconocido el derecho a percibirlas.

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