La baja laboral por acogimiento se podrá pedir desde la llegada del niño

Los padres acogedores de niños desamparados podrán disfrutar de la baja remunerada por paternidad que contempla la Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar desde el mismo día que el chaval llega a su hogar, sin esperar a que un juez ratifique la medida. Así lo contempla una reciente resolución de la secretaría de Estado de la Seguridad Social. En octubre de 2001 este organismo denegó la baja por acogimiento a cinco familias madrileñas porque, en una interpretación rigorista de la Ley, consideró que debía esperar a la sentencia judicial para concederla.

Tras las quejas de los ...

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Los padres acogedores de niños desamparados podrán disfrutar de la baja remunerada por paternidad que contempla la Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar desde el mismo día que el chaval llega a su hogar, sin esperar a que un juez ratifique la medida. Así lo contempla una reciente resolución de la secretaría de Estado de la Seguridad Social. En octubre de 2001 este organismo denegó la baja por acogimiento a cinco familias madrileñas porque, en una interpretación rigorista de la Ley, consideró que debía esperar a la sentencia judicial para concederla.

Tras las quejas de los afectados y de la Fundación Meniños, la Seguridad Social ha realizado una lectura más flexible de la Ley dejando que los padres decidan si piden el permiso laboral una vez que el niño llega a su casa o si esperan a la resolución del juez. Esta baja sólo puede disfrutarse si el acogimiento es permanente o preadoptivo (de larga duración) y no cuando es simple (limitado en el tiempo).

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