Condena contra el Ayuntamiento de Sevilla

Un juzgado de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento a pagar 340,69 euros (56.680 pesetas), importe de la minuta de un abogado cuyo cliente vio anulada una multa de la empresa municipal de limpiezas Lipasam por dejar basuras fuera del contenedor. El ciudadano N. B. R., dueño de un bar de la calle Adriano, fue multado el 20 de abril de 2000 con 15.000 pesetas por dejar una caja de cartón con residuos fuera del contenedor de basuras, pero el juzgado de lo Contencioso anuló tal sanción por falta de pruebas 'suficientes y legítimas'. Además de anular dicha multa, el Juzgado ha condenado al Ayuntami...

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Un juzgado de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento a pagar 340,69 euros (56.680 pesetas), importe de la minuta de un abogado cuyo cliente vio anulada una multa de la empresa municipal de limpiezas Lipasam por dejar basuras fuera del contenedor. El ciudadano N. B. R., dueño de un bar de la calle Adriano, fue multado el 20 de abril de 2000 con 15.000 pesetas por dejar una caja de cartón con residuos fuera del contenedor de basuras, pero el juzgado de lo Contencioso anuló tal sanción por falta de pruebas 'suficientes y legítimas'. Además de anular dicha multa, el Juzgado ha condenado al Ayuntamiento a pagar las costas del proceso y a abonar la totalidad de los honorarios solicitados por el abogado del ciudadano, en contra de la norma general de no imposición de costas en el recurso contencioso-administrativo.

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