Entrevista:ITZIAR ALCORTA | DOCTORA EN DERECHO CIVIL

'Hay 30.000 embriones en España que nadie quiere'

Itziar Alcorta es una experta en la regulación de temas tan espinosos como la clonación, la donación de material genético o la investigación con embriones. El pasado 22 de junio, esta doctora en derecho de 33 años, presentó una tesis en la UPV titulada El tratamiento jurídico de la reproducción asistida: técnicas, finalidades y usuarios, en la que realiza un análisis comparativo de la normativa española, estadounidense y europea y en la que propone importantes modificaciones legislativas.

Pregunta. El doctor Bernat Soria, de la Universidad de Elche, ha aprovechado una lagu...

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Itziar Alcorta es una experta en la regulación de temas tan espinosos como la clonación, la donación de material genético o la investigación con embriones. El pasado 22 de junio, esta doctora en derecho de 33 años, presentó una tesis en la UPV titulada El tratamiento jurídico de la reproducción asistida: técnicas, finalidades y usuarios, en la que realiza un análisis comparativo de la normativa española, estadounidense y europea y en la que propone importantes modificaciones legislativas.

Pregunta. El doctor Bernat Soria, de la Universidad de Elche, ha aprovechado una laguna legal para experimentar con embriones cuando en España está prohibido, ¿está usted de acuerdo con esa prohibición?

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Respuesta. Lo cierto es que hoy en día hay 30.000 embriones con los que no se sabe qué hacer. Han pasado los cinco años de plazo durante los cuales la Ley permite que se conserven, lo mismo que el esperma, pero pasado ese periodo no hay ninguna previsión sobre lo que debe hacerse con ellos. De modo que la disyuntiva está entre destruirlos, como se hizo en Inglaterra hace unos años, o permitir la experimentación para posibles terapias curativas. La Iglesia Católica y un sector importante de la medicina rechazan la investigación por ser contraria a la dignidad humana, pero también destruirlos lo sería.

P. ¿A quien pertenecen esos embriones?

R. Durante los cinco primeros años, a las parejas que los congelaron para futuras inseminaciones. Pero cuando no han decidido gestar en esos años y no se han pronunciado sobre si los donan a otras personas, se guardan en las clínicas y pasan a no ser de nadie. Son embriones que nadie quiere, en realidad.

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P.¿Por qué ese plazo de cinco años?

R. Se estableció por consenso internacional para respetar el orden y la sucesión de las generaciones.

P. Pero usted aboga por ampliarlo.

R. Sí. Muchos de los que congelan su esperma lo hacen porque van a someterse a tratamientos que pueden afectar a su fertilidad. Pero si esa persona conserva su esperma con 15 años, con 20 va a tener que decidir si quiere ser padre a esa edad tan temprana o no serlo nunca. En esos casos, el plazo de cinco años no es justo. De hecho, yo opino que una persona debería poder conservar su material reproductivo durante toda su vida fértil.

P. ¿La investigación con embriones que usted defiende, incluye la clonación?

R. Yo creo que la clonación terapéutica puede abrir líneas de investigación interesantes. En Inglaterra ya se ha permitido, pero siempre con el consentimiento del donante. La clonación reproductiva es muy distinta, y es mucho mejor que esté prohibida porque los mamíferos que han nacido por ese método nacen con graves problemas de salud.

P. ¿Cual es el estatus jurídico de un embrión o del esperma? ¿tiene algún tipo de derechos, es un objeto?

R. No es nada, no tiene un estatus concreto, aunque se regulan de forma parcial en la Ley del aborto o en la Ley de donación y utilización de embriones. Hay un caso muy curioso en Inglaterra en el que una mujer decidió inseminarse con el esperma de su marido muerto, cosa que era ilegal porque lo había obtenido sin su consentimiento. Se marchó a Belgica, donde no hace falta ese consentimiento, y desde allí invocó la libre circulación de mercancías para importar el semen de su marido y lo consiguió. En ese caso, el esperma fue tratado como una mercancía, cosa que no es, por eso es necesaria una regulación más concreta sobre el estatus del material genético.

P. En su tesis, usted defiende el derecho de los hijos concebidos gracias a donaciones de semen u óvulos a conocer el nombre de sus padres genéticos.

R. Sí. Hasta ahora se había respetado escrupulosamente el derecho a la intimidad del donante, pero desde hace unos años, las leyes sueca, alemana o suiza dan prioridad al derecho de los hijos a conocer sus orígenes. En España también parece que se evolucionahacia ello. Por ejemplo, los hijos dados en adopción ya tienen derecho a conocer a sus padres biológicos.

P. ¿Piensa usted que España está preparada para asumir procedimientos como el de las madres de alquiler?

R. Hay muchas parejas que solo tienen esa vía para concebir, y cuando el deseo de maternidad es muy grande, esa persona está más que preparada, y eso es lo que importa.