Los tribunales dan el tercer revés al PP en su ofensiva judicial contra la Junta por las cajas

El TSJA avala los cambios de la Consejería de Economía en los estatutos de La General

Ésta es la tercera resolución que desbarata la estrategia jurídica que el PP abrió en dos cajas: La General y Caja de Jaén. El primer revés lo sufrieron los populares en Jaén, donde presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA pidiendo la suspensión de la renovación de los órganos de gobierno de la caja y en contra de la decisión de la Consejería de Economía de aprobar los estatutos de la entidad, que habían sido rechazados dos veces por la asamblea general. En un auto del 9 de mayo, el TSJA rechazó suspender la renovación de cargos en la Caja de Jaén, precisamente la única e...

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Ésta es la tercera resolución que desbarata la estrategia jurídica que el PP abrió en dos cajas: La General y Caja de Jaén. El primer revés lo sufrieron los populares en Jaén, donde presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA pidiendo la suspensión de la renovación de los órganos de gobierno de la caja y en contra de la decisión de la Consejería de Economía de aprobar los estatutos de la entidad, que habían sido rechazados dos veces por la asamblea general. En un auto del 9 de mayo, el TSJA rechazó suspender la renovación de cargos en la Caja de Jaén, precisamente la única entidad que ya ha culminado este proceso en la comunidad.

El segundo varapalo lo recibió el PP la semana pasada en La General de Granada. En este caso, el PP había presentado una demanda en un juzgado de Primera Instancia contra la asamblea de La General que había aprobado los estatutos de la caja. Los populares adujeron que dos ayuntamientos (Linares y Córdoba) habían cambiado a dos representantes, precisamente del PP, en pleno periodo de adaptación a la Ley de Cajas. La sentencia del juzgado granadino deja claro que el cambio de representantes que hicieron los dos ayuntamientos, de acuerdo con los resultados de las elecciones municipales de 1999, fue legal.

Cambios en el texto

La tercera resolución judicial es del 11 de junio y también afecta a La General. El TSJA ha rechazado la petición del PP de suspender cautelarmente la orden de la Consejería de Economía, del pasado 11 de enero, por la que ésta aprobaba los estatutos de esta caja tras hacer algunas modificaciones al texto que previamente había aprobado la Asamblea General de esta entidad. El PP argumentaba que Economía había ignorado la competencia de la asamblea de la caja al aprobar los estatutos.

La resolución del TSJA destaca que Economía hizo cambios en los estatutos de La General, modificaciones que fueron enviadas a la entidad, cuyo consejo de administración aceptó estos cambios. Además, el tribunal recuerda al promotor de la demanda, Francisco Pertíñez, presidente local del PP en Granada, que es miembro de la Comisión de Control de La General y que en su momento no hizo ninguna 'protesta' contra esta decisión del consejo de administración. 'De ahí que no sea exacto que la asamblea no aprobó los estatutos para ser modificados y, de ser cierto, la competencia para proceder a su anulación o perseguibilidad por falsedad correspondería a la jurisdicción civil o penal', recuerda el TSJA al PP.

El tribunal destaca también que la petición del PP 'acarrearía perjuicios manifiestos al interés público' dado que Economía se limitó a hacer modificaciones en 'algunos artículos puntuales de los estatutos aprobados por la asamblea general'.

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Además, el PP se ha alineado con dos tesis que han sido rechazadas por el Consejo Consultivo, el órgano de asesoramiento jurídico de la Junta. En primer lugar, el PP comparte la teoría de los presidentes de San Fernando, Juan Manuel López Benjumea, y de El Monte, Isidoro Beneroso, en el sentido de que la aprobación de la fusión de las dos entidades paraliza la renovación de los órganos de gobierno de las cajas. Por contra, el Consejo Consultivo dictaminó que la fusión no frena la renovación.

Recientemente, ha afirmado que El Monte y San Fernando no pueden iniciar el proceso electoral porque el Registro Mercantil aún no ha inscritos sus estatutos. En este caso, el Consejo Consultivo dictaminó que la no inscripción de los estatutos en el Registro Mercantil no puede 'paralizar o postergar' la renovación de cargos de las cajas.

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