Editorial:

Despido por lo religioso

El despido de la profesora de religión católica en un colegio público de Almería por haberse casado por lo civil con un divorciado constituye un retazo de la España oscura, que tan bien describió Antonio Machado, incrustado en la sociedad española de nuestros días. Que algo así pueda suceder en la España actual, con una Constitución democrática que protege los derechos fundamentales de la persona, no sólo invita a la reflexión. Obliga a que los poderes públicos, las fuerzas políticas y los sindicatos tomen cartas en el asunto para que tamaña muestra de intolerancia y arbitrariedad no pueda lle...

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El despido de la profesora de religión católica en un colegio público de Almería por haberse casado por lo civil con un divorciado constituye un retazo de la España oscura, que tan bien describió Antonio Machado, incrustado en la sociedad española de nuestros días. Que algo así pueda suceder en la España actual, con una Constitución democrática que protege los derechos fundamentales de la persona, no sólo invita a la reflexión. Obliga a que los poderes públicos, las fuerzas políticas y los sindicatos tomen cartas en el asunto para que tamaña muestra de intolerancia y arbitrariedad no pueda llevarse a cabo impunemente.

¿Cómo ha podido cometerse tamaña intromisión en la intimidad y en la libertad personal de esta profesora de religión con las graves consecuencias de su despido? La Iglesia católica ha conseguido del Estado, como desarrollo interpretativo de los acuerdos de 1979 con la Santa Sede, un régimen laboral especial para los profesores de religión en los centros públicos que parece amparar abusos como un despido por cuestiones relacionadas con la vida privada. Llama la atención que este régimen, que endosa al Estado la carga financiera de la enseñanza de la religión y que atribuye a la Administración pública la condición de empleador de quienes la imparten, permita en la práctica que el control de la situación laboral de estos enseñantes quede en manos de los obispos.

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El despido de la profesora de religión de Almería (abandono inmediato de las clases con promesa de readmisión cuando normalice su situación matrimonial) no es obra de la Administración educativa, que paga sus salarios, sino del delegado episcopal de Enseñanza de la diócesis almeriense. Al atropello que supone despedir a una trabajadora por algo que atañe a su vida personal se añade en este caso una evidente extralimitación en sus funciones por parte de la Iglesia. El último convenio económico-laboral de los profesores de religión en la enseñanza pública (firmado entre el Gobierno del PP y el epìscopado español en 1999) atribuye a la Iglesia la propuesta y el examen de idoneidad de estos enseñantes, pero mantiene a todos los efectos el carácter laboral de su contratación a cargo del Estado, de acuerdo con diversas sentencias del Supremo. La Iglesia católica no puede pretender la ayuda estatal, económica e institucional, para la enseñanza de su doctrina y actuar después al margen de las leyes del Estado en sus relaciones con los trabajadores que la imparten. La Constitución y el Estatuto de los Trabajadores amparan a la profesora de Almería.

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