El tribunal especial da 10 días al fiscal y al abogado del Estado para alegar sobre el 'caso Liaño'

El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción inició ayer los trámites para zanjar el conflicto planteado por el Gobierno contra la negativa de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a reincorporar a la carrera judicial al ex juez condenado por prevaricación, Javier Gómez de Liaño.

En su primera reunión, este tribunal especial dio un plazo común de 10 días a la Fiscalía y al Abogado del Estado para que aleguen lo que consideren conveniente respecto al conflicto.

La reunión estuvo presidida por el presidente de la Sala de lo Civil del Supremo, Ignacio Sierra, por enfermedad del pres...

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El Tribunal de Conflictos de Jurisdicción inició ayer los trámites para zanjar el conflicto planteado por el Gobierno contra la negativa de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a reincorporar a la carrera judicial al ex juez condenado por prevaricación, Javier Gómez de Liaño.

En su primera reunión, este tribunal especial dio un plazo común de 10 días a la Fiscalía y al Abogado del Estado para que aleguen lo que consideren conveniente respecto al conflicto.

La reunión estuvo presidida por el presidente de la Sala de lo Civil del Supremo, Ignacio Sierra, por enfermedad del presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Javier Delgado Barrio.

Los otros integrantes del tribunal son los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, Rodolfo Soto y Pedro Antonio Mateos y los miembros permanentes del Consejo de Estado, Antonio Pérez-Tenessa, José Luis Manzanares y Miguel Vizcaino.

Una vez recibidos los informes del fiscal y del abogado del Estado -que representa al Ministerio de Justicia-, el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción dispondrá de otros 10 días para dictar sentencia, aunque podría ampliar este plazo para pedir aclaraciones a las partes.

Fuentes jurídicas indicaron que la providencia dictada ayer por el tribunal no equivale a una admisión a trámite del asunto y que los jueces, al entrar a debatir sobre el fondo del conflicto, podrían resolver que éste ha sido mal planteado por referirse a un asunto judicial resuelto en firme, o que el conflicto es inexistente, según ha argumentado la Sala Penal del Tribunal Supremo.

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El ex juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño fue condenado a 15 años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación continuada en la instrucción del caso Sogecable. El Consejo de Ministros le indultó y ordenó su reincorporación a la carrera judicial, pero el Supremo resolvió que no era posible reintegrarle a la Judicatura al haber perdido ya Gómez de Liaño su condición de magistrado.

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