OCIO | EL PARQUE ESTÁ EN SUELO NO URBANIZABLE Y NO ES DE INTERÉS COMUNITARIO

Los ecologistas insisten en que Terra Mítica infringe la normativa urbanística

El parque Terra Mítica de Benidorm infringe las leyes urbanísticas, según Ecologistas en Acción, 'a pesar de las filigranas administrativas que se han urdido desde el Consell para intentar ir al filo de la legalidad'. Aseguran que los hoteles, las zonas residenciales, el campo de golf y las zonas de ocio del parque temático se levantarán finalmente sobre suelo no urbanizable. El suelo no se ha reclasificado para no infringir las normas que prohíben construir sobre terrenos forestales afectados por un incendio. Sin embargo, para hacer infraestructuas de ocio haría falta una declaración de inter...

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El parque Terra Mítica de Benidorm infringe las leyes urbanísticas, según Ecologistas en Acción, 'a pesar de las filigranas administrativas que se han urdido desde el Consell para intentar ir al filo de la legalidad'. Aseguran que los hoteles, las zonas residenciales, el campo de golf y las zonas de ocio del parque temático se levantarán finalmente sobre suelo no urbanizable. El suelo no se ha reclasificado para no infringir las normas que prohíben construir sobre terrenos forestales afectados por un incendio. Sin embargo, para hacer infraestructuas de ocio haría falta una declaración de interés comunitario. Obras Públicas argumenta que el parque, con vocación de privado, es una iniciativa pública y no necesita declaración.

Para los ecologistas se trata de un claro caso de desviación de poder. El anterior responsable de Urbanismo en la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Fernando Modrego, ahora consejero de Medio Ambiente, fue el encargado de diseñar el proyecto del parque temático, pero desde su nuevo departamento se desentiende ahora del parque temático y remite a la COPUT. Y como los terrenos elegidos habían sufrido dos incendios a principios de los noventa, para hacer un regate a la ley 2/92 de Suelo No Urbanizable y a la ley 3/93 Forestal, que prohíben reclasificar este tipo de suelo, se optó por tramitar el parque como un plan especial de usos e infraestructuras.

Este sistema, que mantiene la clasificación de suelo no urbanizable, es el utilizado, por ejemplo, para tramitar carreteras y las infraestructuras adyacentes, como gasolineras. También los hoteles de carretera o restaurantes, pero según la ley siempre que no haya suelo urbanizable apto para estos usos a menos de cinco kilómetros, lo que no ocurre en el parque.

Estos casos son sólo, según los ecologistas, actuaciones puntuales, de claro interés para el ciudadano y alejadas de cascos urbanos. Y creen que un parque temático, a ojos vista desde Benidorm, no cumple los requisitos para este tipo de tramitación. La ley incluso recalca que 'las actuaciones productivas y terciarias en suelo no urbanizable requerirán la previa declaración de su interés comunitario, otorgada por la Generalitat, dando participación a los municipios en el procedimiento'.

De hecho, la ley de Suelo No Urbanizable sólo permite, según su artículo 8, construir en este tipo de suelo viviendas rurales aisladas, almacenes agrícolas, explotaciones de canteras y actividades de servicios vinculadas funcionalmente a las carreteras, como las gasolineras. Y sólo mediante una declaración de interés comunitario (DIC) previa da vía libre sobre suelo no urbanizable a instalaciones mineras, actividades industriales y, este es el caso de Terra Mítica, 'actividades turísticas, deportivas, recreativas, de ocio y esparcimiento y terciarias'. Pero el Consell no ha tramitado la declaración de interés comunitario, por lo que, a juicio de Ecologistas en Acción, el parque vulnera la ley.

No opina lo mismo el Consell. 'Si la iniciativa fuera privada sería necesario tramitar una declaración de interés comunitario', explica José María Benlliure, director general de Urbanismo y Ordenación Territorial, que asegura que el proyecto es una iniciativa de la Generalitat y que por este motivo 'el interés público ya se le supone'. Así, Benlliure defiende que el parque temático, en el que las empresas privadas se instalan por concesión temporal sin que se hayan recalificado los terrenos, no necesita tramitar la DIC, que sólo se emite para iniciativas privadas que el Consell crea que atienden al interés de los ciudadanos.

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Para zanjar dudas, Benlliure esgrime que toda la tramitación de Terra Mítica ha sufrido 'un control jurídico permanente' desde numerosos organismos que hubieran detectado cualquier irregularidad. Y pone ejemplos de otros casos en los que la tramitación de un proyecto sobre suelo no urbanizable se ha hecho sin DIC, como la Ciudad de la Luz de Alicante, instalaciones de tratamiento de residuos y los futuros parques eólicos.

Según esta tesis, si hubiese sido un consorcio privado el que lanzara una iniciativa para construir un parque temático en suelo no urbanizable, el Consell tendría que decir si es de interés público y, si así es, concederle la DIC. Pero como es el Consell el que ha tenido la idea, no hace falta DIC.

Aún así, este apoyo, decidido y previo, de la Generalitat contrasta con las declaraciones del presidente del Consell, Eduardo Zaplana, que negó esta misma semana ante el comisario europeo de la Competencia, Mario Monti, que se hayan concedido ayudas públicas al parque (la Generalitat participa en el capital pero espera recuperarlo) y hasta aseguró: 'No ha habido ninguna ayuda de Estado por parte de la Generalitat para la realización de esa infraestructura'.

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