TRIBUNALES

El juez del 'caso Marina Ocaña' abre juicio oral a dos médicos, la clínica Mare Nostrum y Sanidad

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Alicante dictó ayer auto de apertura de juicio oral contra dos médicos de la clínica privada Mare Nostrum por la muerte de la niña Marina Ocaña, de 4 años, tras ser operada de amígdalas en abril de 1997. El magistrado amplía el auto de juicio oral al centro sanitario y la Consejería de Sanidad, como posible responsable civil subsidaria. La operación de la menor se enmarcaba dentro del plan de choque de la consejería para aminorar las listas de espera. Por último, el juez también ha fijado una fianza previa de 50 millones de pesetas para hacer ...

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El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Alicante dictó ayer auto de apertura de juicio oral contra dos médicos de la clínica privada Mare Nostrum por la muerte de la niña Marina Ocaña, de 4 años, tras ser operada de amígdalas en abril de 1997. El magistrado amplía el auto de juicio oral al centro sanitario y la Consejería de Sanidad, como posible responsable civil subsidaria. La operación de la menor se enmarcaba dentro del plan de choque de la consejería para aminorar las listas de espera. Por último, el juez también ha fijado una fianza previa de 50 millones de pesetas para hacer frente a posibles indemnizaciones que tendría que abonar la clínica.El juicio se celebrará en un juzgado de lo penal, ya que la acusación particular ha calificado los hechos como un delito de imprudencia grave por negligencia profesional, con resultado de muerte. Esta parte solicita dos años de prisión para cada uno de los médicos procesados y una indemnización de 50 millones de pesetas.

Mientras, el fiscal ha calificado los hechos como una falta por negligencia y solicita una multa de 5.000 pesetas por día durante un mes, es decir 150.000 pesetas de sanción para cada facultativo. El ministerio público pide una indemnización de 10 millones para la familia de la menor.

La instrucción de este caso se ha dilatado debido a que en sendas ocasiones el juez decretó el archivo de la causa por entender que no había indicios delictivos. Sin embargo, en ambos casos la Audiencia, a instancias del fiscal, ordenó al magistrado la reapertura del caso. La última vez, los magistrados de la Audiencia ordenaron al juez no sólo la reapertura, sino que decretara juicio oral por entender que la instrucción estaba completa.

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