Condenada una empresa por la intoxicación de un obrero con amianto

Una juez de Badalona ha condenado a una fábrica de pinturas de esta ciudad a indemnizar con más de 16 millones de pesetas a un trabajador que contrajo un grave tumor cancerígeno a causa de la utilización de amianto en su proceso industrial. La sentencia considera que la empresa actuó de manera negligente durante años por no atender las mínimas normas de seguridad, lo que causó unas "consecuencias nefastas para la salud" del trabajador, que resultaban "perfectamente previsibles y evitables".

La Seguridad Social reconoció hace año y medio la incapacidad permanente absoluta del trabajador ...

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Una juez de Badalona ha condenado a una fábrica de pinturas de esta ciudad a indemnizar con más de 16 millones de pesetas a un trabajador que contrajo un grave tumor cancerígeno a causa de la utilización de amianto en su proceso industrial. La sentencia considera que la empresa actuó de manera negligente durante años por no atender las mínimas normas de seguridad, lo que causó unas "consecuencias nefastas para la salud" del trabajador, que resultaban "perfectamente previsibles y evitables".

La Seguridad Social reconoció hace año y medio la incapacidad permanente absoluta del trabajador a consecuencia de su contacto con el amianto durante 31 años. Actualmente su estado de salud es muy grave y los médicos que le atienden le han diagnosticado que el tratamiento al que se está sometiendo es muy poco efectivo.La sentencia ha sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Badalona y la empresa condenada es Akzo Nobel Coatings SA, perteneciente a esta mutinacional holandesa, y anteriormente denominada Courtaulds Coatings Iberia SA. En la planta de pinturas instalada en Badalona empezó a trabajar en 1968 como capataz de mantenimiento Enrique Pérez López y, entre sus funciones, figuraba la de realizar pruebas de colores de pintura sobre trozos de plancha de uralita, construida con amianto o asbesto. Esos trozos eran recortados por diversos empleados de la empresa y por él mismo con un serrucho o una sierra eléctrica "sin guardar medida alguna de seguridad", según han declarado en el proceso judicial los compañeros de trabajo del enfermo.

Así, asegura la sentencia, la empresa "expuso a sus trabajadores a un riesgo para su salud consistente en la aspiración continuada de polvo de amianto", que resulta altamente tóxico. Otros testigos declaran que durante años se manipuló amianto para otros trabajos, tal como lo demuestra el libro original de materias primas empleadas por la fábrica. La juez admite que la empresa de pinturas está catalogada como industria química y, por tanto, no forma parte de las sociedades con riesgo de amianto establecido en un decreto de 1978, pero aun así, precisa que no cumplía las normas de seguridad que se exigen a las instalaciones que manipulan amianto en su proceso productivo "ni siquiera tangencialmente".

Sentencia pionera

Antonio Vega, abogado del enfermo, aseguró que esta sentencia es la primera que se dicta en España en un caso en que la empresa no forma parte de ese grupo de riesgo. "De ahí su importancia, porque reconoce que la mezcla del amianto también con otras materias puede tener efectos muy graves y condena la negligencia de las empresas", afirmó. Vega fue el abogado que redactó también la demanda que dio origen a la primera sentencia condenando a la empresa Uralita por la muerte de un trabajador de cáncer contraído a consecuencia de su contacto con el amianto en la desaparecida planta de Cerdanyola.En el caso de Enrique Pérez, el Hospital del Mar diagnosticó al trabajador en marzo de 1998 un mesotelioma pleural en el lado derecho, un tipo de cáncer en el pulmón que diversos estudios epidemiológicos atribuyen casi en exclusiva a la acción del amianto. A partir del informe del forense, la juez Magdalena Jiménez Jiménez conviene en que se trata de un "tumor raro", del que sólo se producen de 2 a 17 casos por cada millón de personas, pero precisa que el riesgo de contraerlo supera en más de 1.000 veces esta posibilidad en trabajadores expuestos al amianto. Por eso, la juez considera que "la enfermedad que padece el trabajador es consecuencia de la inhalación de fibra de amianto que sufrió durante años". Durante el proceso judicial, la empresa alegó que el juzgado era incompetente para tramitar la demanda, lo que fue rechazado por la juez.

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