El decano de Barcelona lanza la polémica idea de cobrar el turno de oficio de los letrados

La propuesta del decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Jaume Alonso-Cuevillas, de que los poderes públicos deberían plantearse una reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de 1996, para que los beneficiarios de la misma paguen parte de los honorarios de los abogados del turno de oficio, fue rechazada ayer por el presidente del Consejo General de la Abogacía, Eugeni Gay, y el decano del Colegio de Madrid, Luis Martí Mingarro. Alonso-Cuevillas planteó esta reforma para el caso de que persista la negativa de la Administración a aumentar las retribuciones de los abogados del turno ...

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"Un retroceso"

La propuesta del decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Jaume Alonso-Cuevillas, de que los poderes públicos deberían plantearse una reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita de 1996, para que los beneficiarios de la misma paguen parte de los honorarios de los abogados del turno de oficio, fue rechazada ayer por el presidente del Consejo General de la Abogacía, Eugeni Gay, y el decano del Colegio de Madrid, Luis Martí Mingarro. Alonso-Cuevillas planteó esta reforma para el caso de que persista la negativa de la Administración a aumentar las retribuciones de los abogados del turno de oficio, muy alejadas de lo que perciben los letrados cuando el defendido lo es a título privado.

Gay, que interrumpió sus vacaciones para atender el requerimiento de este periódico, consideró que los beneficiarios de la justicia gratuita "no pueden ni deben sufragar el turno de oficio, y menos en un Estado social y de derecho como el nuestro".

Para el presidente de la abogacía española, sería "un retroceso que esos ciudadanos tuvieran que pagar parte de los honorarios del abogado de oficio". En la misma línea se expresó el decano del Colegio de Abogados de Madrid, Luis Martí Mingarro, quien, también desde su lugar de vacaciones, negó que quienes perciben menos de 142.000 pesetas -el doble del salario mínimo interprofesional que exige la ley para poder beneficiarse de la justicia gratuita- "puedan compartir la carga del pago de los honorarios de los letrados".

Ambos dirigentes de la abogacía estuvieron también de acuerdo en admitir una reforma legal de distinto signo a la de su colega catalán: que permitiera que los ciudadanos en situación económica superior a ese mínimo, en lugar de pagar íntegramente al abogado, le abonasen sólo parte de los honorarios y del resto se hiciera cargo el Estado.

Según datos de Barcelona, los abogados del turno de oficio perciben por la defensa en la instrucción y el juicio de una causa penal 50.000 pesetas brutas, y por una separación con medidas provisionales, 55.000 pesetas.

En Madrid, la asistencia al detenido en una guardia se paga con 19.000 pesetas, mientras que un pleito civil de más de 100 millones se remunera con 40.000 pesetas, y los de menos de ese importe, con 24.000 pesetas.

Hay un acuerdo general en que los abogados del turno de oficio están mal pagados. En Cataluña, gracias a la transferencia de esa competencia a la Generalitat, este año se han destinado 2.756 millones de pesetas a subvencionar el turno de oficio, mientras que en Madrid, donde aún no se ha transferido esa competencia a la comunidad autónoma, el importe ha sido de 1.100 millones, que Martí Mingarro espera incrementar para 2001 en 500 millones más.

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