POLÍTICAALEGACIONES AL PROYECTO DE ZAPLANA

Los socialistas proponen recurrir al Constitucional la disolución del CMH

El anteproyecto de ley por el que se elimina el Consell Metropolità de l"Horta (CMH), aprobado por el Gobierno valenciano a principios de este mes, ha "prescindido total y absolutamente del procedimiento administrativo pertinente, con absoluta indefensión" para el ente que se intenta suprimir. Esta es una de las razones por las que los socialistas proponen recurrir al Tribunal Constitucional el anteproyecto de ley con el que el Consell pretende disolver el ente que agrupa a 45 ayuntamientos del área metropolitana de Valencia.Los socialistas han elaborado una alegación, que será aprobada en aqu...

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El anteproyecto de ley por el que se elimina el Consell Metropolità de l"Horta (CMH), aprobado por el Gobierno valenciano a principios de este mes, ha "prescindido total y absolutamente del procedimiento administrativo pertinente, con absoluta indefensión" para el ente que se intenta suprimir. Esta es una de las razones por las que los socialistas proponen recurrir al Tribunal Constitucional el anteproyecto de ley con el que el Consell pretende disolver el ente que agrupa a 45 ayuntamientos del área metropolitana de Valencia.Los socialistas han elaborado una alegación, que será aprobada en aquellos ayuntamientos en los que tengan mayoría suficiente para hacerlo. En los municipios donde no tengan esta posibilidad, como en Valencia -donde el Grupo Socialista ha pedido al equipo de gobierno del PP la convocatoria de un pleno extraordinario para abordar la cuestión-, la alegación la presentarán los concejales del PSPV. La alegación cuenta con el apoyo de Esquerra Unida y el Bloc. El plazo para presentar alegaciones es de 15 días hábiles desde el momento en que se recibió el anteproyecto de ley, que no llegó en la misma fecha a todos los ayuntamientos afectados.

La alegación señala que para elaborar el anteproyecto de ley "ni siquiera se ha instruido el expediente preceptivo" y añade que la exposición del motivos del texto "tergiversalos hechos de la causa de laley". El preámbulo y la memoria "son documentos aportados para justificar a posteriori unas decisiones políticas previamente adoptadas y para las que se busca a posteriori la justificación". Además, considera que "el preámbulo del anteproyecto es un intento de justificar, una vez suprimmido el CMH, una privación de las competencias a los municipios que lo integraban y un reparto de las mismas o más bien, un apoderamiento de ellas por la Generalitat". Respecto a esta cuestión, la alegación añade que "al Estado y a las comunidades autónomas como legisladoras ordinarias les está vedado incidir en estas competencias y trasladarlas. Sólo la libre voluntad de los municipios pueden ejercer esas competencias de forma asociativa, sin que el Estado, la comunidad autónoma o la Diputación pueda imperativamente obligarles a constituirlas o integrarse en ellas".

Las competencias

El escrito elaborado por la oposición, de casi medio centanar de folios, analiza la cuestión relativa a las empresas Emarsa y Fervasa, que el Ayuntamiento de Valencia cedió en su día al CMH con la condición de que serían devueltas si el ente supramunicipal fuera disuelto. Y señala al respecto: "No cabe duda de que ninguna institución de la Generalitat, ni ninguna de carácter local, tiene capacidad para entrar en la autonomía del Ayuntamiento de Valencia para desposeerle de las competencias (y sustituirle en ellas) que con naturaleza jurídica de reservadas le corresponden en materia deabastecimiento de agua, de residuos sólidos y de aguas residuales".

Así, Valencia recibe con esas empresas "la obligación de seguir prestando servicio a los ayuntamientos a los que los prestaba el CMH, pero sin contar con los municipios, que quedan reducidos a usuarios tutelados". Como consecuencia de todo ello con la extinción del CMH, lo que realmente se produce, según la alegación, es "un cambio de sede", de manera que el Ayuntamiento de Valencia se constituye de hecho "en gobierno del área metropolitana".

Por todo ello, el escrito señala que los ayuntamientos tienen el deber de "proceder a la defensa con todas sus consecuencias de esa autonomía invadida". Y esta defensa incluye un recurso al Tribunal Constitucional.

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