El tribunal rechaza la responsabilidad del Estado y defiende que el triple crimen se hizo con ensañamiento

VIENE DE LA PÁGINA 1 Es más, Miguel Ricart fue quien "contribuyó decisiva y violentamente a vencer su resistencia frente a las agresiones sexuales de su acompañante", Antonio Anglés, el principal sospechoso de los asesinatos. La sección segunda de la Audiencia de Valencia condenó a Ricart a 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y cuatro de violación en concurso ideal con tres delitos de rapto. El tribunal consideró probado que Ricart, "otro varón identificado que no fue detenido [Anglés] y posiblemente alguna persona más" perpetraron el horrendo crimen. De hecho, la sal...

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VIENE DE LA PÁGINA 1 Es más, Miguel Ricart fue quien "contribuyó decisiva y violentamente a vencer su resistencia frente a las agresiones sexuales de su acompañante", Antonio Anglés, el principal sospechoso de los asesinatos. La sección segunda de la Audiencia de Valencia condenó a Ricart a 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y cuatro de violación en concurso ideal con tres delitos de rapto. El tribunal consideró probado que Ricart, "otro varón identificado que no fue detenido [Anglés] y posiblemente alguna persona más" perpetraron el horrendo crimen. De hecho, la sala ha desestimado la posibilidad de suprimir el agravante de ensañamiento que elevó la condena. Las niñas fueron víctimas "de una serie de males físicos y psíquicos que se prolongaron a lo largo de toda una noche" y que debieron suponer, dice el tribunal, "un grado de dolor físico y psíquico que no pudo ser obra sino del inhumano deseo de hacer sufrir". Ricart está encarcelado en la prisión de Herrera de la Mancha (Ciudad Real). El Tribunal Supremo, alineándose de nuevo con las peticiones de las acusaciones populares, rechazó el recurso interpuesto por Fernando Gómez, el padre de Antonia. Éste solicitaba que el Estado le indemnizará con 200 millones de pesetas como responsable civil subsidiario del triple crimen, ya que El Rubio estaba en busca y captura cuando sucedieron los hechos. Los argumentos de los magistrados son claros: la ausencia de condena contra autoridad o funcionario público impide la petición de una compensación, algo que, en este caso, debería ser reclamado por la vía contenciosa-administrativa. La Audiencia estableció que Ricart debía indemnizar a cada una de las familias con 100 millones de pesetas, cantidad que no ha satisfecho al ser insolvente. La Audiencia de Valencia consideró probado que Ricart y su acompañante recogieron en su coche, el 13 de noviembre de 1992, a las tres niñas, a las que llevaron, "con el ánimo de satisfacer sus instintos libidinosos", desde las proximidades de una discoteca de Picassent hasta una zona rural de Tous. Allí las asesinaron de un tiro en la cabeza tras violarlas y torturarlas. Un apicultor encontró los cuerpos de las jóvenes tres meses después.

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