CONSEJO DE MINISTROS

Convocados los comicios europeos y locales el 13 de junio

El Consejo de Ministros aprobó ayer dos reales-decretos por los que se convocan, respectivamente, las elecciones al Parlamento Europeo y a los municipios y las asambleas de Ceuta y Melilla. Los comicios se celebrarán el 13 de junio de 1999. La campaña electoral comenzará a las cero horas del 28 de mayo y finalizará a la misma del 12 de junio.El real decreto de las elecciones a Estrasburgo establece que la información provisional sobre sus resultados no podrán ser ofrecidos hasta que se hayan cerrado las urnas en el Estado miembro del Parlamento en el que los electores hayan votado en último lu...

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El Consejo de Ministros aprobó ayer dos reales-decretos por los que se convocan, respectivamente, las elecciones al Parlamento Europeo y a los municipios y las asambleas de Ceuta y Melilla. Los comicios se celebrarán el 13 de junio de 1999. La campaña electoral comenzará a las cero horas del 28 de mayo y finalizará a la misma del 12 de junio.El real decreto de las elecciones a Estrasburgo establece que la información provisional sobre sus resultados no podrán ser ofrecidos hasta que se hayan cerrado las urnas en el Estado miembro del Parlamento en el que los electores hayan votado en último lugar. El real decreto regula la renovación de la totalidad de los miembros integrantes de las corporaciones locales y la determinación de los puestos a cubrir, así como la convocatoria de las elecciones para la constitución de las asambleas de Ceuta y Melilla, de acuerdo con lo dispuesto en sus respectivos estatutos de autonomía, y la elección de los diputados de las Diputaciones provinciales de régimen común, remitiendo a los artículos de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que regulan el procedimiento para ser elegidos.

Ley de restitución a partidos

El Gobierno también aprobó el reglamento que desarrolla la Ley de Restitución o Compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados, en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del periodo 1936-1939. El reglamento establece que serán objeto de restitución o, en su caso, compensación los bienes inmuebles o derechos patrimoniales incautados a los partidos siempre que no hayan recibido ya compensación alguna al amparo de cualquier otra normativa, así como la privación del uso y disfrute de dichos bienes en concepto de arrendatarios y la incautación de saldos en efectivo y depósitos de entidades bancarias. Para que se proceda a la restitución de los bienes inmuebles o derechos solicitados deberá acreditarse la condición de beneficiario, así como la plena identificación física y jurídica del bien o derecho tanto en el momento de la incautación como en el momento actual. En determinados supuestos se podrá realizar una compensación pecuniaria en sustitución de la restitución, como puede ser cuando el bien solicitado se hubiera destruido o transformado, cuando lo reclamado pertenezca a terceros o cuando, siendo el Estado el propietario, haya razones de interés general debidamente motivadas que lo justifiquen.

Nombramientos

Antonio del Moral, fiscal del Tribunal Supremo; Eugenio López Alvarez, director general de Deportes; Pedro María Meroño, presidente de la Comisión Nacional de Energía y del Sistema Eléctrico, y José María Quintana, presidente del Patronato del Parque Nacional de Sierra Nevada.

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