La Audiencia procesa a dos médicos del Clínico que esterilizaron a una deficiente

La Audiencia de Madrid confirmó ayer el procesamiento y la fianza de 25 millones de pesetas impuesta a dos ginecólogos y a la madre de una chica de 21 años y con síndrome de Down que fue esterilizada en el hospital Clínico el año pasado sin la preceptiva autorización judicial. Es la primera vez que un tribunal español procesa por un delito de lesiones del artículo 156 del nuevo Código Penal la esterilización de una discapacitada. Este delito está castigado con entre seis meses de arresto y 12 años de cárcel. El delito en sí no radica en el hecho mismo de la esterilización, sino en la adopc...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Audiencia de Madrid confirmó ayer el procesamiento y la fianza de 25 millones de pesetas impuesta a dos ginecólogos y a la madre de una chica de 21 años y con síndrome de Down que fue esterilizada en el hospital Clínico el año pasado sin la preceptiva autorización judicial. Es la primera vez que un tribunal español procesa por un delito de lesiones del artículo 156 del nuevo Código Penal la esterilización de una discapacitada. Este delito está castigado con entre seis meses de arresto y 12 años de cárcel. El delito en sí no radica en el hecho mismo de la esterilización, sino en la adopción de esa medida sin el preceptivo permiso judicial, tal y como ordena el nuevo Código Penal para el caso de una incapacitada.

PASA A LA PÁGINA 5

Doctrina del Supremo

El hospital Clínico esterilizó a la deficiente pese a carecer de autorización judicial

"La intervención fue autorizada por la madre de la paciente y ordenada por el catedrático jefe del departamento, que es el encargado de supervisar los aspectos clínicos y médicos de la paciente", destaca en su recurso. "Vi a la chica por primera vez en el quirófano, y en ese momento presumí que la intervención quirúrgica que me había encomendado el jefe del servicio contaba con los permisos, autorizaciones y requisitos".El tribunal no acepta como válido ninguno de estos argumentos: "(...) Sabía que la chica sufría síndrome de Down; de ahí que en la solicitud de operación figurase la firma de la madre". Para la Audiencia, el hecho de que sea el jefe del servicio de ginecología quien programe las operaciones no exime al cirujano "del deber de comprobar la historia clínica de la paciente antes la operación".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En