Tribuna:DEBATE EN ANDALUCÍA

CONVIVENCIA Y EDUCACIÓN

En las sociedades occidentales, la extensión universal del derecho a la educación, la ampliación de la enseñanza a tramos de edad cada vez más altos -en nuestro país, como en la mayoría de los europeos, alcanza hasta los 16 años-, y la generalización de las enseñanzas postobligatorias no universitarias (bachilleratos y ciclos de Formación Profesional, alcanzan a casi toda la población) han transformado el panorama de los centros educativos, haciendo más complejas las relaciones en ellos. Si a este aumento del alumnado, unimos el fenómeno de una multiculturalidad y de la diversidad, presente y ...

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En las sociedades occidentales, la extensión universal del derecho a la educación, la ampliación de la enseñanza a tramos de edad cada vez más altos -en nuestro país, como en la mayoría de los europeos, alcanza hasta los 16 años-, y la generalización de las enseñanzas postobligatorias no universitarias (bachilleratos y ciclos de Formación Profesional, alcanzan a casi toda la población) han transformado el panorama de los centros educativos, haciendo más complejas las relaciones en ellos. Si a este aumento del alumnado, unimos el fenómeno de una multiculturalidad y de la diversidad, presente y creciente de un modo palpable en las aulas, entonces no podemos dejar de plantearnos la cuestión de la convivencia escolar desde bases muy distintas a las que se daba hace sólo unos años, porque hoy conviven en los centros educativos niños y jóvenes de ambos sexos procedentes de las más diversas clases y ambientes sociales; también crece el número de personas provenientes de diferentes culturas -en ocasiones, muy distintas a la nuestra-, alumnos y alumnas de otras etnias, con costumbres, credos y mentalidades varias... Todo ello hace que los responsables de los sistemas educativos, dentro de la preocupación general por la calidad de la enseñanza, tengan que prestar una atención preferente al tema de la convivencia. No se trata sólo de un problema de índole pragmática o de mera organización -que también lo es- sino que, ante todo, nos encontramos frente a una dimensión de la persona que entra de lleno en el campo de lo estrictamente educativo: a convivir se aprende y difícilmente podríamos hablar de formación si no atendiéramos a un aspecto tan esencial para el ser humano como la preparación para la vida en común y su práctica ya desde las edades más tempranas de la experiencia escolar. Como dice Victoria Camps "la educación es fundamental porque educar es crear hábitos, costumbres, formar el carácter. No tanto enseñar teorías, sino producir una práctica". Y, efectivamente, convivir implica asumir unos valores, pero, ante todo, requiere ejercitarlos, ponerlos en práctica. Así, pues, la convivencia escolar no sólo es imprescindible para la buena marcha y funcionamiento del proceso educativo y de los mismos centros de enseñanza, sino que, además, el aprendizaje de la convivencia en el mundo escolar se convierte en escuela de formación ciudadana, donde se forjan las actitudes y las pautas de comportamiento que, interiorizadas y asumidas conscientemente, constituyen la condición para una participación activa y responsable en la sociedad. Éste es, a grandes rasgos, el marco donde se sitúa el borrador del proyecto de decreto para regular los derechos y deberes del alumnado y las normas de convivencia en los centros docentes de nuestra comunidad autónoma, que, desde la Consejería de Educación y Ciencia, se ha presentado recientemente en el ámbito docente y, lógicamente, a toda la sociedad andaluza. Al elaborar este proyecto hemos partido de la idea de que la realidad educativa es un proceso de comunicación complejo y, como tal, implica una serie de características propias de multiplicidad de emisores y receptores; mensajes de diferente naturaleza y contenido, flujo de información multidireccional, diversidad de canales y medios y, como no, existencia de interferencias que pueden llegar a bloquear el hecho comunicativo o, en algún caso, a desvirtuar el significado de los menajes. Por lo tanto, cada centro educativo se convierte en una minisociedad, con relaciones de comunicación entre los individuos y grupos que la forman; y por otra parte, todo el entramado relacional establecido en un centro educativo no es ajeno a los estímulos procedentes del entorno social y cultural y, como apuntábamos antes, no escapan a la existencia de conflictos o interferencias que son inevitables en cualquier grupo humano. Lo importante a este respecto es saber encauzar y resolver eficazmente los conflictos, pues de lo contrario éstos se enquistarían y se agravarían, haciendo inútil o, al menos, obstaculizando el proceso de educación. El documento en cuestión proporciona a los consejos escolares de cada centro el marco necesario para que éstos puedan desarrollar su convivencia. Esto significa que con esta base, cada centro, teniendo en cuenta sus peculiaridades y características, podrá perfilar el modelo de normativa que mejor refleje y preserve la vida en común de esa comunidad educativa, sirva para que los rectores de los centros puedan dirigirlos eficazmente y para que, a la vez, la Comisión de Convivencia, formada por profesores y alumnos y elegida por cada Consejo Escolar, garantice la utilización clara y didáctica de la normativa y dé soluciones ante las conductas atentatorias contra las buenas relaciones, necesarias para conseguir una educación general y de calidad. Este proyecto de decreto debe ser considerado como una propuesta abierta al debate, de modo que a través de las diferentes aportaciones que realicen los miembros de la Comunidad Educativa Andaluza, se alcance un texto definitivo que suponga el punto de encuentro de todos los sectores que, desde diferentes responsabilidades, trabajamos por la educación en Andalucía.

Manuel Pezzi Cereto es consejero de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

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