Liaño admite un informe que pide multas contra Iberia, Spanair y Air Europa

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño ha incorporado al sumario que instruye por un supuesto pacto para subir los precios entre las compañías aéreas Iberia, Spanair y Air Europa un informe procedente del Servicio de Defensa de la Competencia en el que se proponen elevadas sanciones para las tres compañías.En el informe, de unos 60 folios, se relaciona con detalle la actuación contra las leyes del libre mercado que llevaron a cabo presuntamente las tres compañías cuando, en abril de 1997, subieron los precios al unísono alegando un incremento del precio del crudo y otros factor...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño ha incorporado al sumario que instruye por un supuesto pacto para subir los precios entre las compañías aéreas Iberia, Spanair y Air Europa un informe procedente del Servicio de Defensa de la Competencia en el que se proponen elevadas sanciones para las tres compañías.En el informe, de unos 60 folios, se relaciona con detalle la actuación contra las leyes del libre mercado que llevaron a cabo presuntamente las tres compañías cuando, en abril de 1997, subieron los precios al unísono alegando un incremento del precio del crudo y otros factores económicos.

El Servicio de la Competencia considera que las compañías infringieron el artículo 1.12 de la Ley de Defensa de la Competencia y firmaron acuerdos que restringen la libre competencia en el mercado aéreo. Además, les acusa de abusar de su posición de dominio en los vuelos nacionales al adoptar una medida simultánea de incremento de tarifas y una disminución de las comisiones a las agencias de viajes que actúan como intermediarios.

Igualmente, el informe considera que el acuerdo perjudicó gravemente a los viajeros que utilizan el transporte aéreo nacional.

Sanciones

El Servicio de Defensa de la Competencia propone que las tres compañías sean sancionadas con multas elevadas, si bien subraya que, de acuerdo con lo establecido por la ley, nunca podrían rebasar el 10% del volumen de negocio de cada una de las sociedades.De acuerdo con este criterio, la multa imponible a Iberia tiene como tope los 50.000 millones de pesetas, ya que en el año 1997 la compañía tuvo un volumen de facturación de 496.641 millones de pesetas.

En el caso de Spanair, ese tope es de 6.000 millones de pesetas, puesto que facturó 59.608 millones durante el pasado año, mientras que para Air Europa es de 9.000 millones, ya que su cifra de negocio se situó en 90.000 millones de pesetas.

No obstante, la tramitación del informe del Servicio de la Competencia incorporado al sumario sobre las compañías queda interrumpida temporalmente mientras duren las actuaciones penales realizadas desde la Audiencia Nacional por el juez Gómez de Liaño.

Archivado En