Editorial:

Lógica jurídica

LA LÓGICA jurídica ha prevalecido sobre la flexibilidad necesaria en la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de ordenar la ejecución de la sentencia del caso Filesa. Los seis condenados con penas superiores a los dos años deberán, pues, ingresar en prisión. Es una decisión perfectamente racional, pero no es necesariamente la única decisión razonable. También hubiera sido razonable suspender la ejecución de la sentencia.El Tribunal Supremo es la instancia superior y última de la jurisdicción penal. El Tribunal Constitucional, ante el que los condenados han presentado r...

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LA LÓGICA jurídica ha prevalecido sobre la flexibilidad necesaria en la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de ordenar la ejecución de la sentencia del caso Filesa. Los seis condenados con penas superiores a los dos años deberán, pues, ingresar en prisión. Es una decisión perfectamente racional, pero no es necesariamente la única decisión razonable. También hubiera sido razonable suspender la ejecución de la sentencia.El Tribunal Supremo es la instancia superior y última de la jurisdicción penal. El Tribunal Constitucional, ante el que los condenados han presentado recurso de amparo, entiende de la protección de los derechos constitucionales de las personas y no de la tipificación de los delitos. Agotada, pues, la vía penal, es lógico que se ordene cumplir la sentencia, del mismo modo que también será lógico que el Constitucional la suspenda unos días más tarde si admite el recurso de amparo. Pero suspender cautelarmente sus sentencias, en atención a los recursos, podría convertir al Constitucional en lo que no es ni debe ser: un tribunal de casación del Supremo. No hay, además, doctrina jurisprudencial, aunque sí precedentes, que avale la suspensión cautelar de las sentencias penales en casos similares, menos aún cuando el Constitucional ni siquiera ha admitido aún a trámite este recurso.

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Sin embargo, también hubiera sido razonable suspender la ejecución de la sentencia, a la espera de un pronunciamiento del Constitucional, por razones de prudencia esgrimidas en otras ocasiones y que se reforzaban por dos consideraciones que el debate sobre la suspensión o no de la ejecución de la sentencia no deben hacer olvidar: por una parte, la dureza de la propia sentencia; por otra, el contraste entre lo actuado en el caso Filesa del PSOE y lo ocurrido en otros expedientes que han afectado a otros partidos, como Casinos, Sóller o Burgos, por no referirnos, una vez más, al caso Naseiro. Pero el PSOE cometería un error si se empeñara en politizar este veredicto, después de demostrarse incapaz de asumir las responsabilidades políticas, al haber negado en primera instancia las acusaciones, para recurrir sus dirigentes después a un penoso "nosotros no sabíamos nada".

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En sus largos años en el Gobierno, el PSOE se ha mostrado incapacitado, o disuadido por una impunidad que parecía garantizada, a afrontar con decisión y en consenso la financiación de los partidos. A pesar de ello, se entiende la irritación socialista ante la enorme hipocresía con que los demás partidos hacen una utilización política de este caso, que hace parecer aún más urgente la necesidad de un acuerdo sobre una ley razonable y clara que permita una total transparencia en las cuentas de los partidos.

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