El Estado pagará 20 millones a un joven que quedó parapléjico de un disparo

El muchacho había robado un vehículo y emprendió la huida hasta ser alcanzado por un tiro intimidatorio

La Audiencia Nacional ha condenado a la Administración del Estado a pagar 20 millones de pesetas como indemnización a un joven que quedó parapléjico a consecuencia del disparo de un policía en mayo de 1991. El Ministerio de Justicia e Interior reconoció en junio de 1995 el derecho a una indemnización de 2,8 millones, pero la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado ahora elevarla a 20 millones.

Los hechos que dieron origen a esta sentencia se remontan al 24 de mayo de 1991, cuando Ramón Martín Cabezas tenía 28 años. Él y otra persona no identificada se ...

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La Audiencia Nacional ha condenado a la Administración del Estado a pagar 20 millones de pesetas como indemnización a un joven que quedó parapléjico a consecuencia del disparo de un policía en mayo de 1991. El Ministerio de Justicia e Interior reconoció en junio de 1995 el derecho a una indemnización de 2,8 millones, pero la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado ahora elevarla a 20 millones.

Los hechos que dieron origen a esta sentencia se remontan al 24 de mayo de 1991, cuando Ramón Martín Cabezas tenía 28 años. Él y otra persona no identificada se aproximaron a un vehículo aparcado en una calle del municipio de Alcorcón, próximo a Madrid.Ambos forzaron la puerta del conductor del vehículo y se apoderaron de un cuchillo de monte que se hallaba guardado en la guantera. A continuación intentaron poner en marcha otro vehículo, pero no lo consiguieron, tras causar varios desperfectos por importe superior a las 50.000 pesetas, y se apoderaron de objetos valorados en 24.000 pesetas.

Mientras realizaban estos hechos, una vecina les observó desde su vivienda y avisó a la policía por teléfono. En breve tiempo una dotación compuesta por dos policías se presentó en el lugar y, mientras que el compañero de Martín Cabezas se daba a la fuga, éste se escondió en un vehículo situado en las proximidades, hasta que, temiendo ser descubierto, emprendió de repente una veloz carrera, perseguido por el policía Mateo Valtierra López. El otro agente, Ricardo Delgado Yáñez, trató de cerrarle la salida con el vehículo policial.

Valtierra realizó un disparo intimidatorio al aire y a continuación un segundo disparo conminatorio a una altura de 71 centímetros del suelo, que impactó en un automóvil. Ramón Martín detuvo entonces su carrera y fue alcanzado por el agente Valtierra. Entre ambos se produjo un forcejeo, momento en el cual, al funcionario policial se le disparó la pistola, según el relato de los hechos.

El proyectil alcanzó, a Martín en la región cervical posterior izquierda y afectó gravemente a la médula espinal y al lóbulo inferior del pulmón derecho, con fracturas costales y vertebrales.

A consecuencia del disparo a Ramón Martín le quedó una paraplejia fláccida y arefléxica de los miembros, inferiores, que le obliga en la actualidad a utilizar una silla de ruedas para poder desplazarse.

Absuelto de atentado

La descripción de tales hechos figura en la sentencia. dictada por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid que en 1992 absolvió a Martín del delito de atentado a agente de la autoridad del que se le acusaba, y le condenó, por intento de utilización ilegítima de vehículo de motor, a 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir durante un, mes.Una vez firme esta sentencia, Ramón Martín, asesorado por el letrado Tomás Rosón, reclamó una indemnización de 150 millones de pesetas por el mal funcionamiento de los servicios públicos. En junio de 1995, el ministro de Justicia e Interior le concedió 2.800.000 pesetas de indemnización.

Al considerar esta cantidad insuficiente, tal decisión fue recurrida ante la Audiencia Nacional. Su Sección Primera de la sala de lo Contencioso-administrativo ha estimado, parcialmente el recurso y ha reconocido a Martín el derecho a percibir una suma superior que alcanza los 20 millones de pesetas.

Entre otras razones, y para reducir el importe solicitado ínicialmente, la sala aprecia que Martín "en gran medida motivó la innecesariamente expeditiva contundencia policial y para aumentar el concedido por Justicia e Interior la sentencia tiene en cuenta "su estado actual de postración".

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