La DGT deja sin sanción los excesos de hasta 20 kilómetros en la velocidad

Muchos de los conductores que presionan el acelerador y tropiezan con un radar de la Guardia Civil de Tráfico se habrán quedado sorprendidos últimamente de que puedan continuar su itinerario sin que nadie les ordene parar. La aguja del velocímetro supera claramente el límite señalado en la carretera, pero los agentes hacen como que no lo ven. Sí lo ven, claro, pero tienen instrucciones para hacerse los miopes.El pasado 2 de abril, la Dirección General de Tráfico cursó una instrucción en la que se indica que en los límites de velocidad superiores a los 50 kilómetros por hora los excesos en 20 k...

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Muchos de los conductores que presionan el acelerador y tropiezan con un radar de la Guardia Civil de Tráfico se habrán quedado sorprendidos últimamente de que puedan continuar su itinerario sin que nadie les ordene parar. La aguja del velocímetro supera claramente el límite señalado en la carretera, pero los agentes hacen como que no lo ven. Sí lo ven, claro, pero tienen instrucciones para hacerse los miopes.El pasado 2 de abril, la Dirección General de Tráfico cursó una instrucción en la que se indica que en los límites de velocidad superiores a los 50 kilómetros por hora los excesos en 20 kilómetros no serán denunciables, según el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA). Carlos Muñoz-Repiso, director general de Tráfico, se encontraba de viaje y no pudo ser localizado por este periódico para ofrecer su versión o explicar las causas que han motivado este giro en la aplicación de las sanciones.

La nueva política sancionadora de la DGT supone que, si un conductor circula por una autopista, en la que el límite de velocidad está establecido en 120- a 140 kilómetros por hora no es sancionado. Si va por una carretera nacional con la aguja apuntando los 120 aunque las señales indiquen un máximo permitido de 100, tampoco lo es. Y lo mismo sucede si circula a 90 en un tramo en el que sólo esté permitido hacerlo a 70 como máximo.

Según la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la instrucción de la DGT coincide con la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Para la AEA, mientras se exime de sanciones a quienes circulan a 140 kilómetros por hora por autopistas o tramos de autovías equiparables, se ha endurecido la cuantía de las multas si se rebasa el margen de los 20 kilómetros por encima del indicado en las señales.

Así, un exceso de 36 kilómetros se multaba antes con 20.000 pesetas y ahora se sanciona con 30.000. La AEA asegura que se han reducido a cinco los tramos para graduar las multas, en función del exceso de velocidad, de modo que se va desde las 20.000 pesetas por circular a 141 kilómetros por hora basta las 40.000 por ir a 195 además de retirarse el carné a quienes superen los 196.

La AEA solicitará al Ministerio del Interior la cancelación de expedientes por la aplicación del principio de ley más favorable a los conductores sancionados sin haber superado los 140.

La DGT planea elevar de 120 a 140 kilómetros por hora el límite de velocidad en las autopistas, pero la comisión que dictaminará su viabilidad no ha hecho públicas todavía sus conclusiones.

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