Un órgano judicial plural
Dos constitucionalistas coinciden en la conveniencia de que la decisión sobre secretos de Estado corresponda a un órgano judicial plural, y no sólo a magistrados de la jurisdicción contencioso-administrativa.El catedrático y magistrado del Tribunal Constitucional Manuel Jiménez de Parga cree que "no es oportuno que los cinco magistrados que, como máximo, deben componerlo, sólo sean de lo contencioso-administrativo, sino que debe integrarse también un penalista y algún civilista, para que no sea un órgano demasiado administrativizado". Señala que algunos jueces de lo contencioso-administrativo ...
Dos constitucionalistas coinciden en la conveniencia de que la decisión sobre secretos de Estado corresponda a un órgano judicial plural, y no sólo a magistrados de la jurisdicción contencioso-administrativa.El catedrático y magistrado del Tribunal Constitucional Manuel Jiménez de Parga cree que "no es oportuno que los cinco magistrados que, como máximo, deben componerlo, sólo sean de lo contencioso-administrativo, sino que debe integrarse también un penalista y algún civilista, para que no sea un órgano demasiado administrativizado". Señala que algunos jueces de lo contencioso-administrativo están muy especializados en asuntos como urbanismo u otros ajenos a la problemática de los secretos de Estado.
Para el también catedrático de Derecho Constitucional Diego López Garrido, "tres jueces es poquísimo y 33 demasiado". Propugna que, ya que va a haber una nueva ley, ésta puede crear "una sala especial con magistrados de todas las salas, a fin de ponderar el secreto de Estado con las exigencias de la investigación judicial". Opina que "una solución sería una sala de 10 magistrados, compuesta por dos de cada una de las cinco salas actuales, de modo rotatorio".