Cartas al director

Interrupciones publicitarias

Hace unos meses se dio cierta publicidad a la entrada en vigor en nuestro país de la normativa europea sobre el ejercicio de actividades en materia de radiodifusión televisiva. No han pasado tres meses y causa bochorno compro bar con qué manifiesto descaro todas las televisiones de ámbito nacional (TVE-1, La 2 y, muy es pecialmente, Antena 3 y Tele 5) incumplen la reglamentación es pecífica sobre interrupciones publicitarias. El artículo 13.3 de dicha ley dice: "Las obras audiovisuales, como largometrajes cinematográficos cuya duración programada de transmisión sea superior a 4.5 minutos podr...

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Hace unos meses se dio cierta publicidad a la entrada en vigor en nuestro país de la normativa europea sobre el ejercicio de actividades en materia de radiodifusión televisiva. No han pasado tres meses y causa bochorno compro bar con qué manifiesto descaro todas las televisiones de ámbito nacional (TVE-1, La 2 y, muy es pecialmente, Antena 3 y Tele 5) incumplen la reglamentación es pecífica sobre interrupciones publicitarias. El artículo 13.3 de dicha ley dice: "Las obras audiovisuales, como largometrajes cinematográficos cuya duración programada de transmisión sea superior a 4.5 minutos podrán ser interrumpidos una vez por cada periodo completo de 45 minutos, autorizándose otra interrupción si la duración programada de la transmisión total excede al menos en 20 minutos a dos o más periodos completos de 45". Parece como si todas las cadenas se hubiesen puesto de acuerdo para no respetar la normativa. Por ejemplo, durante la emisión de Todos los hombres sois iguales en Antena 3, última película que he visto en una cadena privada, se produjeron cuatro interrupciones publicitarias; la primera, a 17 minutos del inicio, y la última, a sólo 10 minutos del final.-

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