TRIBUNALES

Una violada es indemnizada con el coche en el que fue agredida

El 9 de enero de 1991, una mujer que visitaba Barcelona fue violada en el interior de un vehículo. Cinco años más tarde, la víctima recibirá el coche de su agresor como parte de la indemnización fijada: 10 millones de pesetas. La orden la ha cursado la sección tercera de la Audiencia, tribunal que condenó al agresor.La decisión ha provocado la perplejidad de la abogada de la víctima, María José Varela. "Claro que queremos cobrar la indemnización, pero creo que en este caso concreto es muy poco delicado resarcir a la víctima del daño sufrido precisamente con el vehículo donde ocurrió la agresió...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El 9 de enero de 1991, una mujer que visitaba Barcelona fue violada en el interior de un vehículo. Cinco años más tarde, la víctima recibirá el coche de su agresor como parte de la indemnización fijada: 10 millones de pesetas. La orden la ha cursado la sección tercera de la Audiencia, tribunal que condenó al agresor.La decisión ha provocado la perplejidad de la abogada de la víctima, María José Varela. "Claro que queremos cobrar la indemnización, pero creo que en este caso concreto es muy poco delicado resarcir a la víctima del daño sufrido precisamente con el vehículo donde ocurrió la agresión. Lo normal es que los bienes embargados se subasten y la víctima reciba el dinero obtenido", La violación se produjo en el interior del coche del que la víctima acabó saltando en marcha.

El procesado Daniel Durrieux, fue condenado a 13 años de prisión en mayo de 1992. Llevaba ya en la cárcel 15 meses a la espera de juicio, En septiembre de 1994, la sala que te condenó resolvió que el pago de la indemnización se hiciese de forma fraccionada: a 25.000 pesetas al mes. También se ordenó el embargo de la mitad del domicilio del acusado y del citado vehículo, un Peugeot 309. La abogada de la mujer, replicó a la Audiencia que su clienta debería aguardar 34 años para cobrar el total de la indemnización. "Y ello si realmente el condenado procede al pago de es cuota", señalaba la letrada en un escrito. No le faltaba razón, puesto que el acusado sólo pagó dos plazos.

Régimen abierto

Fue precisamente el pago de la indemnización lo que favoreció al condenado que obtuvo, por ello, la clasificación penitenciaria de régimen abierto en enero de 1995. La juez del juzgado de vigilancia penitenciaria concedió el tercer grado al preso porque valoró que el condenado estuviera conforme con resarcir a su víctima en pagos aplazados y para ello entienda que tenía que trabajar. Por lo tanto, salir de la prisión cada día. Lo que también disponía el auto de la juez era que el tercer grado sería revocado si los pagos se incumplían, lo que ha acabado ocurriendo.Del régimen abierto, por otra parte, nada supo ni la víctima ni su abogada. Se enteraron cuando el tribunal les informó de que el procesado solicitaba el levantamiento del embargo del vehículo "instrumento necesario para su trabajo", según exponía la petición del acusado.

Eso ocurrió el pasado 30 de enero. Inmeditamente, la abogada de la víctima se opuso. El 20 de febrero pasado, la sala que condenó al acusado dispuso lo siguiente: "Visto el estado de la presente causa y no habiendo sido abonada la indemnización fijada, procédase a citar al perito, al objeto de la valoración del vehículo, tras lo cual, ofrézcase el mismo a la acusación particular en pago de indemnización".

Sobre la firma

Archivado En