El fiscal afirma que el expediente de extradición estaba completo

El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, que solicitó la extradición de los presuntos etarras Luis Moreno Ramajo y Raquel García Arranz, aseguró ayer que los documentos en los que se solicitaba a Bélgica la entrega de los terroristas eran los correctos y que el expediente estaba completo. Prueba de ello, según Fungairiño, es que la petición pasó la fase judicial belga, ya que el Consejo de Estado de ese país no es una instancia propiamente judicial.El fiscal agregó: "Si faltaban datos, tendrían que haber pedido una información complementaria, de acuerdo con el artículo ...

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El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, que solicitó la extradición de los presuntos etarras Luis Moreno Ramajo y Raquel García Arranz, aseguró ayer que los documentos en los que se solicitaba a Bélgica la entrega de los terroristas eran los correctos y que el expediente estaba completo. Prueba de ello, según Fungairiño, es que la petición pasó la fase judicial belga, ya que el Consejo de Estado de ese país no es una instancia propiamente judicial.El fiscal agregó: "Si faltaban datos, tendrían que haber pedido una información complementaria, de acuerdo con el artículo 13 del Convenio Europeo de Extradición. Si no los han pedido en fase Judicial, me llama poderosamente la atención que el Consejo de Estado belga reclame ahora, por supuestos errores formales de una petición de 1993. Pero si lo hace", añadió, "en la medida de lo posible, se atenderá".

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Fungairiño valoró negativamente la resolución de Bélgica. "Creo que España tarda meses en resolver o pronunciarse sobre las extradiciones y nunca suele exceder de dos años. Otra. cosa es que un a vez concedida la extradición, antes de ser entregado, el detenido tenga que cumplir responsabilidades por otros delitos cometidos en España",dijo.

El teniente fiscal ha negado que en los documentos remitidos -el auto de prisión y de procesamiento de los dos presuntos etarras, el dictamen del fiscal, los datos de identificación de los dos extraditables y los textos legales para demostrar la doble incriminación, es decir que los hechos constituyen delito en Bélgica y en España- no se incluyeran las acusaciones y los delitos que se imputan a los dos presuntos colaboradores de ETA.Alojar al comando

En este caso -asegura el fiscal- está suficientemente explicitada la pertenencia de ambos a un grupo terrorista y, en el auto de procesamiento de 2 de marzo de 1993, se explica que Moreno y García Arranz, en enero de 1992, alojaron en su domicilio de Sopelana (Vizcaya) a Juan Ramón Rojo González, Kepa Urra Guridi, Javier Martínez Eizagirre y Juan Carlos Iglesias Chouzas.

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Los cuatro integraban en aquel momento el comando Vizcaya y, mientras estuvieron alojados en el domicilio de Moreno y García Arranz, cometieron el asesinato del policía José Anseán Castro, ocurrido en Bilbao el 14 de enero de 1992.

Los hechos constituyen un delito de asociación ilícita agravada por la pertenencia a banda terrorista, que puede ser castigado con una pena de hasta 12 años de cárcel.

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