Condenada una española que abortó en Portugal por motivos económicos

Primera víctima de la no ampliación de la ley vigente

La Audiencia Nacional, que juzga los casos de delitos cometidos por españoles en el extranjero, ha condenado a seis meses de cárcel y un día a María Concepción F. B. por haber abortado en Portugal alegando motivos económicos. El juez ha considerado que el supuesto no estaba entre los tres despenalizados por la legislación española, aunque uno de ellos aplica la circunstancia analógica de "necesidad". "Esta es" según Angeles Maestro, diputada de Izquierda Unida, "la primera víctima de la no aprobación de la nueva ley del aborto".

El titular del Juzgado Central de lo Penal, Angel Calderón...

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La Audiencia Nacional, que juzga los casos de delitos cometidos por españoles en el extranjero, ha condenado a seis meses de cárcel y un día a María Concepción F. B. por haber abortado en Portugal alegando motivos económicos. El juez ha considerado que el supuesto no estaba entre los tres despenalizados por la legislación española, aunque uno de ellos aplica la circunstancia analógica de "necesidad". "Esta es" según Angeles Maestro, diputada de Izquierda Unida, "la primera víctima de la no aprobación de la nueva ley del aborto".

El titular del Juzgado Central de lo Penal, Angel Calderón, portavoz de la APM, Asociación Profesional de la Magistratura, de carácter conservador, destaca en la sentencia que el sistema español no admite el motivo socioeconómico como causa despenalizadora del aborto. El fallo coincide con la petición fiscal.María Concepción F. decidió, en 1992, interrumpir su embarazo, según la sentencia, debido a "las circunstancias del estado de soltería, tener a su cargo un hijo de siete años, el carecer de empleo fijo y contar para su sustento con trabajos esporádicos de asistenta doméstica y servicios en un bar o pub de alterne de La Coruña, que le reportaban medios económicos escasos".

A través de varias amigas, supo que en Portugal se practicaban abortos a un precio que oscilaba entre las 50.000 y 60.000 pesetas. Por ello se trasladó hasta la localidad de Oia, en la región de Oliveira do Bairro, el 25 de agosto, donde se sometió voluntariamente al aborto, cuando se encontraba entre la cuarta y quinta semana de embarazo.

Sin embargo, y a causa de la "impericia con que se le practicaron las manipulaciones", dos días después tuvo que ingresar en el Hospital Juan Canalejo de La Coruña, donde se le diagnosticó endometritis, aborto séptico y perforación de útero.

Angustia y necesidad

El juez rechazó la alegación de la defensa de que María Concepción F. se encontraba en una situación de necesidad y en la angustia que experimentó cuando conoció su embarazo, "debido a la penuria económica y situación de desamparo en que se encontraba". Sobre este punto, el portavoz de la APM, afirma que "el actual sistema español es el de las indicaciones denominadas terapéutica, ética y eugenésica, sin que legalmente se haya acogido hasta ahora la indicación socioeconómica, demandada por algún sector doctrinal y descartada por el Tribunal Supremo" en varias sentencias.Además, el magistrado señala en la sentencia que "frente a una supuesta, inconcreta, difusa y evanescente angustia de la gestante sin repercusiones en su vida, salud o integridad, sobresale la esperanza de vida que como derecho propio incorpora al nasciturus, que constituye un bien jurídico cuya protección encuentra fundamento constitucional".

Ángeles Maestro se mostró ayer escandalizada por la sentencia y se remontó al intento fallido de contar con la nueva ley de aborto en la recién terminada legislatura que contemplaba un cuarto supuesto, además de los tres ya existentes, que otorgaba a la mujer la decisión de abortar en las 12 primeras semanas. "Para el PP la ley actual es suficiente y llegó a decir que lo de las condenas era solo pasado. No nos engañemos. La legislación de este país permite condenas como esta", dijo la diputada de IU.

En su opinión, el drama es que sea una persona ajena a la mujer la que juzgue si son suficientes los supuestos que la llevan a abortar. "Y siempre existe un supuesto. Nunca una mujer aborta porque no tiene nada mejor que hacer". Hace poco más de un año, otra mujer fue condenada, en Barcelona, a seis meses de cárcel por aborto fuera de los supuestos legales.

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