CONFLICTO EN LA SANIDAD PÚBLICA

El acuerdo de la discordia

Tras un mes de negociaciones, el Insalud y la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos elaboraron un documento sobre el que había consenso inicial la madrugada del pasado miércoles. Con vistas a ser firmado en la tarde del miércoles, el documento lleva fecha de 31 de mayo de 1995. La redacción farragosa e imprecisa de los apartados más polémicos es la que ha originado interpretaciones tan distintas. Estos son, textuales, algunos de dichos apartados:Mejora del servicio. [Ambas partes manifiestan que es necesaria] "la adopción de una serie de medidas para adecuar la oferta de los servi...

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Tras un mes de negociaciones, el Insalud y la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos elaboraron un documento sobre el que había consenso inicial la madrugada del pasado miércoles. Con vistas a ser firmado en la tarde del miércoles, el documento lleva fecha de 31 de mayo de 1995. La redacción farragosa e imprecisa de los apartados más polémicos es la que ha originado interpretaciones tan distintas. Estos son, textuales, algunos de dichos apartados:Mejora del servicio. [Ambas partes manifiestan que es necesaria] "la adopción de una serie de medidas para adecuar la oferta de los servicios hospitalarios" y que "para 1995, la mejora en la oferta de servicios se relaciona con los siguientes objetivos: 1. La implantación generalizada de la libre elección de especialista" ( ... ) "2. Potenciación de los elementos que inciden en la mejora de la calidad asistencial hospitalaria, y relacionados, entre otros, con la personalización y accesibilidad a los servicios".

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Desequilibrio salarial. "El Insalud es consciente del desequilibrio que existe actualmente en las retribuciones" ( ... ) "y considera necesario avanzar en la adecuación de las mismas".

Vinculación a objetivos. "La citada adecuación habrá de estar vinculada en todo caso a los objetivos expresados anteriormente, constituirá un elemento fijo de la retribución en concepto de productividad y se concretará en una cuantía individual que se ofertará a todos los facultativos de atención especializada que perciben sus retribuciones a través del Real Decreto-Ley 3/1987 y a los profesores con plaza vinculada, concretada en 30.000 pesetas mensuales, retribuibles a partir de mayo de 1995 (3.500 millones de pesetas para 1995).

Acuerdo a tres años. "Con vistas a los ejercicios de 1996 y 1997, el Insalud se compromete a seguir adecuando de forma creciente, con cantidades adicionales iguales o superiores a las de 1995, las retribuciones de los facultativos de atención especializada, en función de los principios que se establecen en el presente acuerdo"...

Créditos. "Los créditos que se destinen a dichas modificaciones retributivas vendrán determinados por la evolución y ejecución de los presupuestos, la adecuación de los gastos y transferencias corrientes, así como por la adopción de medidas de mejora organizativa que potencialmente permitan aflorar nuevos recursos".

Jornada laboral. ..."si se requiriera una adecuación horaria, ésta tendrá carácter voluntario, no supondrá incremento de la jornada anual y su límite máximo será de siete horas semanales, en jornada de tarde".

Los Interinos. ..."el Insalud se compromete a incrementar la estabilidad laboral del colectivo mediante la realización de ofertas de empleo público organizadas en convocatorias cíclicas".

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