Los equipos que no estén al día en sus deudas con Hacienda descenderán a Segunda B

Espanyol, Celta, Rayo, Villarreal, Toledo, Badajoz y los equipos de baloncesto Fórum y Amway tendrán que regularizar la deuda que mantenían con Hacienda y la Seguridad Social al término de la pasada temporada antes del próximo 1 de julio. En caso contrario, los clubes de fútbol sólo podrán jugar en Segunda B y los de baloncesto serán expulsados de la ACB. El Gobierno ha aprobado un real decreto que obliga a las dos ligas profesionales -LFP y ACB- a vetar la inscripción de aquellos equipos con deudas tributarias. Los equipos de fútbol que incumplan este requisito serán relevados en su categoría...

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Espanyol, Celta, Rayo, Villarreal, Toledo, Badajoz y los equipos de baloncesto Fórum y Amway tendrán que regularizar la deuda que mantenían con Hacienda y la Seguridad Social al término de la pasada temporada antes del próximo 1 de julio. En caso contrario, los clubes de fútbol sólo podrán jugar en Segunda B y los de baloncesto serán expulsados de la ACB. El Gobierno ha aprobado un real decreto que obliga a las dos ligas profesionales -LFP y ACB- a vetar la inscripción de aquellos equipos con deudas tributarias. Los equipos de fútbol que incumplan este requisito serán relevados en su categoría por los que hayan conseguido los mejores resultados deportivos en una división inferior.

El que no pague, no juega. Cuatro años después de la aparición de las sociedades anónimas deportivas, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha decidido endurecer su reglamento. Comprobado el escaso autocontrol financiero de los clubes, el CSD ha reforzado legalmente la autonomía de las ligas profesionales -LFP y ACB- "para que ejerzan un adecuado control económico sobre las entidades que las constituyen".En el nuevo decreto impulsado por el organismo que preside Rafael Cortés Elvira, no se contempla como requisito la liquidación de las deudas con los jugadores, como había solicitado la AFE, el sindicato de futbolistas.

A partir del próximo 1 de julio, los equipos profesionales de fútbol y baloncesto dispondrán de treinta días para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

.Al mismo tiempo, la LFP y la ACB solicitarán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la lista de morosos. Según se establece en el real decreto aprobado por el Gobierno el pasado viernes, "una vez constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos, las ligas profesionales determinarán los clubes inscritos como participantes en la competición profesional".

Al margen de sus resultados deportivos, los equipos deudores perderán la categoría. En el caso del fútbol, la LFP y la Federación Española han suscrito un convenio para incluir a los clubes expulsados en Segunda una división tutelada por la entidad que preside Ángel María Villar, en la que los equipos no están obligados a transformarse en sociedades anónimas.

La plaza del equipo que pierda la categoría será ocupada por el club con mejores resultados deportivos de la división inferior.

Para la ACB la exigencia de un rígido control económico no trastoca en exceso su funcionamiento actual. Llíria y OAR de Ferrol ya fueron expulsados de su órbita por problemas de tesorería. Incluso, la liga de baloncesto impide el cambio de jugadores norteamericanos cuando la solicitud proviene de un conjunto con dificultades financieras.

Cuentas alarmantes

Según las fuentes consultadas por EL PAÍS, al término de la temporada 1994-95, los clubes más acuciados por Hacienda eran Espanyol, Celta, Rayo Vallecano, Villarreal, Toledo y Badajoz. Las cuentas de Segunda División son alarmantes. La pasada temporada sus equipos acumularon alrededor de 690 millones de pesetas de pérdidas.

Los clubes de baloncesto están más saneados. En junio de 1994 sólo Fórum de Valladolid y Amway Zaragoza mantenían una situación delicada con Hacienda.

Hasta ahora, la mayoría de las entidades han negociado anualmente con Hacienda el aplazamiento de sus deudas. Sin embargo, desde el pasado viernes, tras reformar el consejo de ministros el reglamento de recaudación tributaría, las sociedades anónimas sólo podrán. fraccionar sus pagos en situaciones extraordinarias, cuando puedan acreditar un grave estado financiero.

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