El Colegio de ATS, condenado a repetir sus elecciones de hace tres años

El Colegio de Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados en Enfermería de Madrid ha sido condenado a repetir la elección de su junta directiva, celebrada en marzo de 1991 en medio de una intensa polémica. Así lo ha dispuesto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al estimar un recurso presentado por seis ATS y diplomados en enfermería contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del colegio madrileño, que les impidió entonces concurrir en una candidatura a los comicios colegiales.Los recurrentes integraban la lista electoral denominada Democrática y Progresista, que, por aquel acu...

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El Colegio de Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados en Enfermería de Madrid ha sido condenado a repetir la elección de su junta directiva, celebrada en marzo de 1991 en medio de una intensa polémica. Así lo ha dispuesto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al estimar un recurso presentado por seis ATS y diplomados en enfermería contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del colegio madrileño, que les impidió entonces concurrir en una candidatura a los comicios colegiales.Los recurrentes integraban la lista electoral denominada Democrática y Progresista, que, por aquel acuerdo, quedó eliminada de la contienda electoral. Los magistrados de la Sala Novena de lo Contencioso-administrativo, que han estimado el recurso, decretan además la nulidad de los actos posteriores de la actual directiva del colegio.

La Junta, encabezado por Adolfo Casajús, prosiguió el proceso electoral y ganó la reelección. Antes de excluir a la candidatura Democrática y Progresista, la directiva decidió por unanimidad que la candidatura mencionada no cumplía los requisitos legales. Argumentaba que su primera candidata, Blanca Martínez Bocanegra, se hallaba en supuesta situación de baja colegial por impago de cuotas. Por ello, decidió la exclusión de todos los candidatos de la lista.

El 12 de marzo de aquel año, Martínez Bocanegra recurrió en alzada contra el acuerdo de la Junta y presentó en su recurso acreditaciones de nueva colegiación y pago de cuotas. Señaló en su descargo que no le había sido otorgado el plazo legal de 48 horas para la subsanación de algunos defectos de forma que se le atribuían y alegó que los estatutos colegiales admitían de forma clara las candidaturas abiertas.

La sentencia emitida por el tribunal madrileño ha estimado que, por tratarse de una lista abierta, no podía ser excluida la totalidad de los candidatos. Tras el fallo del TSJM los aproximadamente 25.000 miembros de la organización colegial madrileña se hallan con un gobierno y administración colegiales en situación jurídica irregular, mientras no se celebren nuevas elecciones.

S del colegio madrileño consultadas sobe el futuro de la directiva remitieron al Consejo General de Colegios de Enfermería. "No conozco la sentencia", dijo Máximo González Borado, presidente del Consejo. "Nuestros servicios jurídicos estudiarán si cabe recurso; si la sentencia fuera, ejecutiva, la por encima de todo", agregó. "Aunque creo que coincidirá con la convocatoria ordinaria de elecciones [previstas para marzo]", concluyó.

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