La Audiencia Nacional legaliza una asociación de guardias civiles rechazada por Interior

Una asociación de guardias civiles podrá inscribirse por vez primera en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio de Justicia e Interior. La Audiencia Nacional ha anulado la resolución administrativa que denegó tal inscripción con una sentencia que estima el recurso de la Asociación de Guardias Civiles Seis de Julio, de carácter cultural y social, contra la denegación por silencio administrativo de su petición. Además declara el derecho de su promotor, el guardia civil José Luis Bargados, a inscribirla en el citado Registro.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la A...

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Una asociación de guardias civiles podrá inscribirse por vez primera en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio de Justicia e Interior. La Audiencia Nacional ha anulado la resolución administrativa que denegó tal inscripción con una sentencia que estima el recurso de la Asociación de Guardias Civiles Seis de Julio, de carácter cultural y social, contra la denegación por silencio administrativo de su petición. Además declara el derecho de su promotor, el guardia civil José Luis Bargados, a inscribirla en el citado Registro.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia recuerda que el ministerio estimó que la asociación incumplía el real decreto que regula las denominaciones de las asociaciones y el régimen jurídico de los promotores.

El Ministerio del Interior entendía que la composición del nombre de la entidad, mediante la combinación de una fecha aleatoria, "6 de julio", y la denominación genérica de "guardias civiles", inducía a error, al no expresar ni deducirse de la misma sus fines.

Sin embargo, la Audiencia fundamenta que "si de acuerdo con los estatutos y el acta fundacional puede deducirse cuáles son los fines perseguidos por la asociación y éstos son lícitos, no hay razón legal y objetiva para denegar esa inscripción, máxime si este acto, como dice la Constitución, no lo es a efectos constitutivos, sino sólo de publicidad". Además, si una vez inscrita se descubriera que perseguía fines ilícitos o prohibidos, "habría medios legales para declarar su ilegalidad".

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