Editorial:

La mejor hipótesis

DE LAS tres hipótesis barajadas en los últimos años para mejorar la ley del aborto -dejarla como está perfeccionando su aplicación sanitaria, ampliarla con un nuevo supuesto legal por motivos socioeconómicos o modificarla sustancialmente con la introducción de un sistema de plazos que permita la interrupción libre del embarazo en las 12 primeras semanas de gestación-, el Gobierno se ha inclinado por la última. Con buen criterio.Cualquiera de las otras opciones hubiera dejado las cosas como están, es decir, la decisión de abortar en manos de jueces y de médicos y no de la mujer gestante, respon...

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DE LAS tres hipótesis barajadas en los últimos años para mejorar la ley del aborto -dejarla como está perfeccionando su aplicación sanitaria, ampliarla con un nuevo supuesto legal por motivos socioeconómicos o modificarla sustancialmente con la introducción de un sistema de plazos que permita la interrupción libre del embarazo en las 12 primeras semanas de gestación-, el Gobierno se ha inclinado por la última. Con buen criterio.Cualquiera de las otras opciones hubiera dejado las cosas como están, es decir, la decisión de abortar en manos de jueces y de médicos y no de la mujer gestante, responsablemente decidida a interrumpir un embarazo no deseado. Pero es que, además, esa opción no es políticamente más arriesgada que las otras para el Gobierno: los sectores opuestos al aborto no hacen distingos; rechazan con el mismo énfasis cualquier fórmula legal, por timorata que sea, que lo reconozca. Y socialmente la solución elegida es la que mejor responde al sentir mayoritario de la población: sean cuales sean los distintos planteamientos filosóficos y políticos existentes respecto al aborto, la mayoría de los ciudadanos está en contra de su planteamiento en términos penales y, en particular, contra los que apuestan por perseguir como delincuentes a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo.

El principal escollo que parecía interponerse al diseño de una ley de plazos que situara la decisión y la responsabilidad del aborto en manos de la mujer era la doctrinaestablecida por el Tribunal Constitucional sobre la protección debida al nasciturus. ¿Cómo compaginar la libre decisión de la mujer de interrumpir su embarazo con la protección -de ese bien jurídico, que no persona, que es el feto, como expresamente afinna el Tribunal Constitucional? Pues asumiendo el Estado la tarea de asesorar debidamente a la mujer y de informarla de cuantas ayudas familiares, económicas y sociales disponibles puedan serle de utililidad para sopesar libremente su decisión con el máximo conocimiento de causa, Es la solución arbitrada en su momento por el Tribunal Constitucional alemán y la que sirve de guía al proyecto del Gobierno.

El compromiso que asume el Estado es ciertamente delicado. El asesoramiento a la mujer -realizado en centros sanitarios públicos o privados habilitados para la interrupción del embarazo- no puede ser un. condicionante de su voluntad, ni tampoco un mero trámite burocrático sin contenido alguno. Es decir, debe ser efectivo y al mismo tiempo ejercerse desde criterios específicamente informativos y con la más estricta neutralidad científica e ideológica. Sería realmente preocupante que una norma que pone en manos de la mujer la decisión siempre traumática del aborto tuviera resquicios que permitieran que instancias ajenas siguieran manipulando su voluntad. Nadie aborta por gusto.

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