La Junta Electoral sanciona al Gobierno de Chaves por influir en el voto el día de reflexión

La Junta Electoral Central ha ordenado abrir expediente sancionador contra los responsables de la inserción publicitaria institucional Sólo en Andalucía: tanto en tan poco tiempo, que apareció en distintos medios de comunicación el 11 de junio, día de reflexión previo a las elecciones europeas y andaluzas. La Junta Electoral de Andalucía no había estimado un recurso interpuesto por el PP. Con ésta son tres las ocasiones en las que el organismo de Madrid desautoriza al de Sevilla. Durante la campana, obligó a retirar el anuncié Lo hecho en Andalucía, una garantía y ordenó más deba...

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La Junta Electoral Central ha ordenado abrir expediente sancionador contra los responsables de la inserción publicitaria institucional Sólo en Andalucía: tanto en tan poco tiempo, que apareció en distintos medios de comunicación el 11 de junio, día de reflexión previo a las elecciones europeas y andaluzas. La Junta Electoral de Andalucía no había estimado un recurso interpuesto por el PP. Con ésta son tres las ocasiones en las que el organismo de Madrid desautoriza al de Sevilla. Durante la campana, obligó a retirar el anuncié Lo hecho en Andalucía, una garantía y ordenó más debates en Canal Sur.La publicidad difundida por el Gobierno de Manuel Chaves en el día de reflexión fue recurrida por el PP, al entender que podría suponer una inducción al voto, pero la junta electoral andaluza desestimó el recurso el pasado día 15.

Ayer la Junta Central contradijo la decisión de la de Sevilla y declaró que con los anuncios publicitarios del día 11 se ha vulnerado "la normativa electoral por cuanto, ni durante la jornada de reflexión ni durante el propio día de la elección pueden los poderes públicos realizar actividad publicitaria alguna que, directa o indirectamente, pueda influir en la orientación de voto de los, electores".

Además, la Junta Central ordena que se abra expediente "contra la persona o personas que resulten responsables" de la campaña. El acuerdo del organismo, aunque sin mencionarlo, considera que la actuación del Gobierno de Chaves ha supuesto una infracción electoral cuya sanción está prevista en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. La multa se fijará entre 20.000 y 200.000 pesetas, por tratarse de autoridades o funcionarios.

"El esfuerzo y la ilusión de los andaluces han conseguido que en diez años nuestra comunidad autónoma pasara de tener 130 a 1.350 kilómetros de autopista". Precisamente esta parte del anuncio es exactamente igual a una de las frases que más usó Chaves en sus mítines de campaña.

Como respuesta, el Gobierno de Andalucía anunció un recurso ante el Tribunal Supremo por considerar que la Junta Electoral Central es incompetente para atender en materia relativa a elecciones al Parlamento autonómico. Una nota del gabinete de Chaves califica de "incomprensible" la solución y añade que "no comparte en absoluto el fallo".

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