El Constitucional ampara a un condenado por quemar una bandera española

El Tribunal Constitucional ha amparado a un profesor gallego nacionalista, condenado a más de dos años de cárcel a raíz de la declaración de cuatro policías, que le atribuyeron la quema de una bandera española. El alto tribunal, además de anular, por arbitraria, la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, que negó "todo valor probatorio" a los testimonios de 14 ciudadanos "por el simple hecho de provenir" de nacionalistas, ordena que se dicte otra sentencia con criterios conformes con la Constitución.El origen de este caso fue una concentración legalmente autorizada, celebrada el 24....

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El Tribunal Constitucional ha amparado a un profesor gallego nacionalista, condenado a más de dos años de cárcel a raíz de la declaración de cuatro policías, que le atribuyeron la quema de una bandera española. El alto tribunal, además de anular, por arbitraria, la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, que negó "todo valor probatorio" a los testimonios de 14 ciudadanos "por el simple hecho de provenir" de nacionalistas, ordena que se dicte otra sentencia con criterios conformes con la Constitución.El origen de este caso fue una concentración legalmente autorizada, celebrada el 24. de junio de 1984 en Santiago de Compostela, convocada por el Bloque Nacionalista Gallego y en la que Francisco Rodríguez Sánchez, profesor de instituto, estuvo encargado del servicio de inegafonía de la manifstación.

Rodríguez fue acusado de prender fuego a una bandera española, ayudado de personas no identificadas, así como de pisotearla, y condenado a dos anos y cuatro meses de cárcel por "ultraje a la nación española". La sentencia del tribunal corunes, avalada en 1989 por el Supremo, se fundamentó en el testimonio de cuatro policías y descartó las declaraciones de 14 testigos de la defensa -ninguno de ellos recu-sado por el fiscal-, por tratarse de "afiliados y simpatizantes del Bloque Nacional Gallego".

La sentencia del Tribunal Constitucional reconoce que "negar todo valor probatorio a una declaración por el simple hecho de provenir de afiliados o simpatizantes de un partido, sin otras consideraciones vinculadas al caso concreto, equivale a aplicar un criterio de valoración arbitrario, que introduce una discriminación", por lo que se trata de un criterio inconstitucional. En consecuencia, el alto tribunal anula la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña -y la del Supremo- y ordena que dicte otra.

A raíz de la confirmación por el Supremo de la condena de Rodríguez, se movilizaron profesores y filósofos, encabezados por Javier Sádaba, Carlos Gurméndez y Fermín Bouza.

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