Cartas al director

Cortes de Aragón

Habiendo aparecido el pasado febrero en EL PAÍS información relativa a las percepciones de los diputados de los parlamentos autónomos, le comunico que los datos publicados acerca de las Cortes de Aragón son incorrectos, ya que sus diputados no perciben ningún tipo de remuneración fija, como erróneamente se desprendía de la información citada. Únicamente perciben indemnizaciones en concepto de asistencias a sesiones parlamentarias, así como dietas y gastos de locomoción, tal como dispone el artículo 18.7 del Estatuto de Autonomía de Aragón:"El desempeño del cargo de diputado a Cortes de Aragón ...

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Habiendo aparecido el pasado febrero en EL PAÍS información relativa a las percepciones de los diputados de los parlamentos autónomos, le comunico que los datos publicados acerca de las Cortes de Aragón son incorrectos, ya que sus diputados no perciben ningún tipo de remuneración fija, como erróneamente se desprendía de la información citada. Únicamente perciben indemnizaciones en concepto de asistencias a sesiones parlamentarias, así como dietas y gastos de locomoción, tal como dispone el artículo 18.7 del Estatuto de Autonomía de Aragón:"El desempeño del cargo de diputado a Cortes de Aragón será gratuito, percibiendo sólo dietas por asistencia a sesiones y gastos de desplazamiento".

Las cantidades asignadas a los conceptos mencionados para el año 1992 son las siguientes:

- Asistencia a acto parlamentario, 12.900.

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- Dieta entera (si el diputado reside a más de 130 kilómetros de la ciudad de Zaragoza, sede del Parlamento), 9.212.

- Dieta reducida (si el diputado reside a menos de 130 kilómetros de Zaragoza), 3.360.

- Gastos de locomoción, 26 pesetas por kilómetro.

Los diputados residentes en Zaragoza únicamente perciben indemnización por asistencia.

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