La Generalitat valenciana adjudicó 'a dedo' el 97% de sus contratos en 1990

La Generalitat valenciana infringió la ley al realizar compras de' bienes y servicios mediante acuerdos verbales, según el informe sobre la gestión autonómica de 1990, elaborado por la Sindicatura de Cuentas de la propia Generalitat. Estos pactos fueron regularizados luego por adjudicación directa. El mencionado estudio se debatirá en los próximos días en las Cortes autónomas. La Sindicatura también revela que la adjudicación directa fue utilizada en 1. 196 ocasiones, lo que representa el 97% de las contrataciones efectuadas en ese ejercicio.Asimismo, el informe considera contrario a la ley in...

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La Generalitat valenciana infringió la ley al realizar compras de' bienes y servicios mediante acuerdos verbales, según el informe sobre la gestión autonómica de 1990, elaborado por la Sindicatura de Cuentas de la propia Generalitat. Estos pactos fueron regularizados luego por adjudicación directa. El mencionado estudio se debatirá en los próximos días en las Cortes autónomas. La Sindicatura también revela que la adjudicación directa fue utilizada en 1. 196 ocasiones, lo que representa el 97% de las contrataciones efectuadas en ese ejercicio.Asimismo, el informe considera contrario a la ley incorporar al presupuesto de 1991, tal como se hizo, remanentes procedentes de 1989. En 1990 la Generalitat mantuvo abiertas 218 cuentas bancarias.

Los 1. 196 contratos adjudicados de forma directa, sin estudiar otras posibles ofertas, representan un 76% del importe total de la licitación en 1990. Según la Sindicatura, en tres casos no se justificó la no concurrencia de ofertas. Además, los auditores públicos critican la falta de publicidad o la insuficiencia de la misma. También resaltan la no inclusión de documentación suficiente sobre la personalidad jurídica de los adjudicatarios, o la inexistencia de comprobantes de estar al día de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La Sindicatura deduce la existencia de acuerdos verbales para la adquisición de bienes y servicios tras obtener "indicios de que la ejecución del servicio o el suministro ha sido anterior a su, contratación". Otro de los puntos de vulneración de la legalidad es el traspaso al siguiente ejercicio de remanentes heredados de otros años.

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