Cartas al director

Maastricht y la jubilación

Al regresar a casa después de un viaje profesional por pequeños pueblos de esta provincia, he podido leer el interesante Manual de Félix Monteira y Soledad Gallego Díaz sobre el Tratado de Maastricht. Un auténtico acierto; enhorabuena. Pero, para mí, le falta una pregunta y su respuesta en referencia a lo que se exigirá a partir de ahora a los trabajadores españoles para poderse acoger a la jubilación del Régimen General de la Seguridad Social.

Actualmente las normas básicas son las de tener cumplidos 65 años de edad y, al menos, 15 de cotización. En la Europa dejos Diez (creo qu...

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Al regresar a casa después de un viaje profesional por pequeños pueblos de esta provincia, he podido leer el interesante Manual de Félix Monteira y Soledad Gallego Díaz sobre el Tratado de Maastricht. Un auténtico acierto; enhorabuena. Pero, para mí, le falta una pregunta y su respuesta en referencia a lo que se exigirá a partir de ahora a los trabajadores españoles para poderse acoger a la jubilación del Régimen General de la Seguridad Social.

Actualmente las normas básicas son las de tener cumplidos 65 años de edad y, al menos, 15 de cotización. En la Europa dejos Diez (creo que exceptuando a los ingleses), un trabajador con 35 años de cotización puede jubilarse al ciento por ciento de lo qué le corresponde. ¿Qué va a ocurrir en España?

Le agradecería una respuesta al tema, que dejo planteado, pues es vital para el mayor número de trabajadores. Si no hay cambio después de la firma del tratado, se daría la circunstancia, en mi caso por ejemplo, de que a los 65 años de edad habría cotizado 53 (el revés de 35) a la Seguridad Social para que me concedieran el total de la pensión mensual.-

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