Un juez de Sevilla pide que no se ejecute una sentencia dictada 10 años después del delito

El titular del juzgado de lo penal número cuatro de Sevilla, el magistrado Julián Moreno Retamino, ha ordenado que no se ejecute la sentencia que dictó en mayo de 1990 contra el empleado de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla) que se apropió de 31.200 litros de gas-oil, entonces valorados en 2.200.000 pesetas. El juez argumenta "una dilación indebida del proceso judicial", ya que el juicio se ha celebrado 10 años después de ocurrir los hechos.

Moreno Retamino condena a Francisco Núñez Nieto, encargado del reparto de combustible de la base entre 1977 y 1980, a un año y un ...

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El titular del juzgado de lo penal número cuatro de Sevilla, el magistrado Julián Moreno Retamino, ha ordenado que no se ejecute la sentencia que dictó en mayo de 1990 contra el empleado de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla) que se apropió de 31.200 litros de gas-oil, entonces valorados en 2.200.000 pesetas. El juez argumenta "una dilación indebida del proceso judicial", ya que el juicio se ha celebrado 10 años después de ocurrir los hechos.

Moreno Retamino condena a Francisco Núñez Nieto, encargado del reparto de combustible de la base entre 1977 y 1980, a un año y un día de cárcel, como autor de los delitos de apropiación indebida y falsedad de documento oficial. También lo condena a que indemnice con 2.200.386 pesetas "a las fuerzas aéreas" de EE UU, país propietario del gas-oil sustraído. El juez considera autores de un delito de receptación a los tres vecinos de Morón que adquirieron, a bajo precio, este combustible.

El juez declara en la sentencia: "La presente resolución no se ejecutará, excepto en las indemnizaciones decretadas. El paso de tan dilatado espacio de tiempo hace del todo ineficaz el pronunciamiento". El juez exculpa a los procesados del retraso judicial, que achaca "a las deficiencias estructurales del aparato de la justicia".

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